El Gobierno Regional de Huánuco inició el 25 de julio la construcción de la Vía Colectora 2, un corredor de 2.3 kilómetros que unirá el jirón Los Manglares, en Los Portales, con la avenida Los Ángeles, en La Esperanza. El contrato de ejecución asciende a S/39 864 670.42 y fue adjudicado al Consorcio Amanecer. La obra comprende pavimento de concreto, veredas, un puente de 45 metros, muros de contención, defensas ribereñas, alcantarillas, canales, cunetas, sardineles, rampas, áreas verdes y siete paraderos. Su función proyectada es ofrecer una ruta alternativa a la Carretera Central y reducir la exposición de estudiantes, trabajadores y familias al tránsito de la vía nacional. El contrato no representa todo el costo El expediente técnico fue aprobado por S/43 185 518.81 y establece un plazo de 420 días. El monto total comprende componentes adicionales al contrato principal de ejecución, por lo que ambas cifras no deben presentarse como si fueran equivalentes. El perfil del proyecto había sido aprobado por S/30 439 132.39. Entre esa estimación inicial y el expediente existe una diferencia de S/12 746 386.42, equivalente a un incremento de 41.87 %. El aumento no demuestra por sí solo una irregularidad, pero obliga a explicar qué componentes, metrados o precios modificaron el presupuesto. La Gerencia Regional de Infraestructura señaló anteriormente que una parte importante del costo corresponde al puente sobre el río Jancao, los muros de concreto y las defensas con gaviones. La entidad deberá publicar el presupuesto desagregado y el calendario valorizado para que esos componentes puedan ser fiscalizados durante la ejecución. Licitación fue anulada y posteriormente reanudada La contratación atravesó una nulidad de oficio mediante la Resolución Gerencial General N.° 217-2026-GRH/GGR. La decisión respondió a una inconsistencia en las bases respecto del método de evaluación económica aplicable a proveedores comprendidos en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía. El procedimiento retornó a la etapa de integración de bases y posteriormente continuó hasta la adjudicación. La nulidad no canceló el proyecto, pero forma parte de su trazabilidad administrativa y debe considerarse durante el seguimiento del contrato. La obra cuenta, además, con una Declaración de Impacto Ambiental aprobada mediante la Resolución Gerencial Regional N.° 239-2025-GRH/GRRNGA. El instrumento obliga a cumplir las medidas de manejo ambiental y a reportar las acciones ejecutadas durante la construcción. Inicio ceremonial debe convertirse en avance físico El plazo de 420 días comenzará a computarse conforme a lo establecido en el contrato y el acta correspondiente, no necesariamente desde la ceremonia pública. La entidad debe informar la fecha efectiva de inicio, la entrega del terreno, el cronograma de frentes y la empresa encargada de la supervisión. El primer control relevante será comprobar la instalación de los frentes de obra y el avance físico valorizado. También deberá vigilarse cualquier suspensión, ampliación de plazo, adicional o variación del presupuesto. La nueva vía responde a una necesidad comprobable de conectividad, pero su impacto dependerá de que el puente y los accesos se ejecuten de manera integrada. Una carretera incompleta o sin conexión funcional no resolvería la congestión que justificó la inversión.
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