La Cámara de Comercio de Lima (CCL) rechazó el Proyecto de Ley N.° 00116-2026-2031-CD, que busca regular el ingreso de agua, alimentos y bebidas a conciertos y otros eventos masivos, y solicitó al Congreso archivarlo. Según el gremio, el texto no excluye expresamente las bebidas alcohólicas y traslada a los organizadores responsabilidades de infraestructura vinculadas a la hidratación.
La iniciativa fue presentada por el diputado Ángel Meneses Crispín, de la bancada Ahora Nación, y recibió el respaldo de otros seis legisladores del mismo grupo parlamentario. Desde el 26 de octubre se encuentra en la Comisión de Defensa del Consumidor y Regulación de los Servicios Públicos de la Cámara de Diputados.
Alcance de la propuesta y reglas de ingreso
El proyecto alcanza a espectáculos pagados con una capacidad igual o superior a 500 personas. Quedan excluidos los eventos teatrales y aquellos organizados bajo estímulos económicos del Ministerio de Cultura en los que esté prohibido, de forma general, el consumo de alimentos y bebidas.
La norma obligaría a los promotores a permitir el ingreso gratuito de agua en botellas selladas, transparentes y de materiales adecuados. También deberían instalar puntos de hidratación sin costo desde el ingreso del público hasta el final del espectáculo, con agua apta para el consumo humano, señalización y condiciones de accesibilidad. La cantidad debería ser “suficiente” según el aforo y la duración de cada evento, e incluiría bebederos.
Asimismo, dispone que los asistentes puedan ingresar con alimentos y bebidas propios iguales o similares a los que se venden dentro del recinto. El proyecto toma como antecedente el criterio de Indecopi sobre el caso Cineplex, aunque plantea una regulación específica para espectáculos de alta concurrencia. El texto prevé una excepción: el organizador podría prohibir de manera general el ingreso y consumo de alimentos y bebidas —salvo agua— cuando existan razones “objetivas” y justificables, aunque no detalla qué situaciones entrarían en esa categoría ni establece un procedimiento para acreditarlas.
Los cuestionamientos del gremio empresarial
La CCL sostuvo que el proyecto no excluye expresamente las bebidas alcohólicas. A su juicio, esa omisión podría dar lugar a interpretaciones que permitan ingresar productos adquiridos fuera de los recintos, lo que dificultaría verificar su procedencia, calidad y condiciones de consumo.
El comunicado advierte que una mayor revisión de botellas, envases y alimentos externos podría extender los tiempos de acceso, generar aglomeraciones y elevar la necesidad de personal de seguridad. El sector ARENA, que participó en el informe legal de la Cámara, estimó que un espectáculo de gran escala puede requerir hasta 700 agentes de seguridad privada.
La organización empresarial también cuestionó que la norma atribuya al organizador la obligación de habilitar puntos gratuitos de hidratación. Según su posición, esa responsabilidad está asociada a la infraestructura del recinto y debería recaer en los propietarios o administradores de los locales. Además, objetó que el proyecto no precise cuántos puntos de agua deberían instalarse ni bajo qué criterios se evaluaría que son suficientes, lo que podría exponer a los productores de espectáculos a sanciones y mayores costos operativos.
El proyecto establece que Indecopi supervise y sancione los incumplimientos bajo el Código de Protección y Defensa del Consumidor. La CCL pidió al Congreso archivar la propuesta.
Antecedente legislativo
En noviembre de 2025, la entonces Comisión de Defensa del Consumidor aprobó un dictamen que proponía permitir el ingreso de agua y alimentos a conciertos, partidos de fútbol y otros eventos con más de 500 asistentes. El texto, sustentado en tres proyectos de ley, también obligaba a habilitar puntos gratuitos de hidratación y permitía restringir alimentos y bebidas —excepto agua— por razones objetivas de seguridad. Sin embargo, la iniciativa no llegó a ser debatida ni votada por el Pleno antes del cierre del anterior período parlamentario, por lo que no se convirtió en ley.
El Proyecto N.° 00116-2026-2031-CD permanece en la Comisión de Defensa del Consumidor de la Cámara de Diputados, a la espera de su evaluación.









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