La protección del clima ha dejado de ser solo una política pública para convertirse en un mandato constitucional en varios países del mundo. Desde Ecuador hasta Tuvalu, las cartas magnas incorporan compromisos que van desde limitar emisiones hasta garantizar la supervivencia del Estado frente al aumento del nivel del mar.
La firma del Acuerdo de París de 2015, que compromete a 196 Estados a luchar contra el calentamiento global, ha impulsado esta tendencia. Cada nación decide cómo traducir esos compromisos internacionales en leyes nacionales, y algunas han optado por darles rango constitucional.
Ecuador: límites a las emisiones y derechos de la naturaleza
Ecuador es uno de los países con una cláusula climática más concreta. El artículo 414 de su Constitución obliga al Estado a adoptar medidas contra el cambio climático, incluyendo la limitación de emisiones de gases de efecto invernadero, la deforestación y la contaminación atmosférica, así como la protección de los bosques.
Este artículo se inscribe en una Constitución que desde 2008 reconoce derechos propios a la naturaleza, una de las más avanzadas en materia ambiental.
Zambia y Vietnam: mecanismos y obligaciones estatales
Zambia, mediante el artículo 257 de su Constitución reformada en 2016, exige a los responsables políticos establecer mecanismos para luchar contra el cambio climático. Esta disposición forma parte de un catálogo que incluye la protección de la biodiversidad, el suministro energético sostenible y la rehabilitación de zonas contaminadas.
En Vietnam, la Constitución de 2013 incorpora el cambio climático entre las obligaciones del Estado. El artículo 63 exige el uso sostenible de los recursos naturales, la protección de la naturaleza y la biodiversidad, la prevención de catástrofes y la adopción de medidas contra el cambio climático, además de fomentar las energías renovables.
República Dominicana y Tuvalu: adaptación y supervivencia
La República Dominicana, un país caribeño especialmente afectado por huracanes y el aumento de temperaturas, prioriza en su artículo 194 la adaptación al cambio climático mediante un plan de ordenación territorial sostenible que garantice el uso eficiente de los recursos naturales.
Tuvalu, un Estado insular del Pacífico, aprobó en 2023 una Constitución que califica el cambio climático y la subida del nivel del mar como una amenaza existencial inmediata para su seguridad y supervivencia. La carta magna declara que el Estado seguirá existiendo de forma permanente, incluso si pierde territorio físico, y que sus fronteras marítimas se mantendrán pese al desplazamiento de las líneas costeras.
Francia y Alemania: el debate europeo
Francia cuenta desde 2005 con una Carta del Medio Ambiente de rango constitucional que garantiza el derecho a vivir en un entorno equilibrado y respetuoso con la salud. En 2021, el presidente Emmanuel Macron intentó consagrar expresamente la lucha contra el cambio climático en el artículo 1 de la Constitución, pero la iniciativa fracasó por la disputa entre la Asamblea Nacional y el Senado.
Alemania, por su parte, no tiene el término "protección del clima" en su Ley Fundamental, pero el artículo 20a obliga al Estado a proteger los recursos naturales esenciales para la vida, en responsabilidad hacia las generaciones futuras. El Tribunal Constitucional Federal aclaró en 2021 que este objetivo incluye la protección climática.
Actualmente, Alemania debate ampliar la Ley Fundamental para incluir la adaptación al cambio climático y la protección de la naturaleza como una tarea conjunta del Estado federal y los estados federados, lo que permitiría cofinanciar medidas de forma permanente.
El Acuerdo de París, en su artículo 4, exige a todas las partes presentar periódicamente sus contribuciones nacionales determinadas (NDC) y aplicar medidas de reducción. Cada Estado decide cómo implementar sus obligaciones internacionales en su legislación interna.








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