El Indecopi advirtió que rechazar injustificadamente pagos con monedas o billetes podría vulnerar los derechos de los consumidores y constituir una infracción a las normas de protección al consumidor. La advertencia se dirige a los establecimientos comerciales que imponen restricciones generales para aceptar dinero en efectivo de curso legal.
De acuerdo con el artículo 43 de la Ley Orgánica del BCRP, los billetes y monedas emitidos y puestos en circulación por esa institución deben ser aceptados para el pago. Por ello, según el regulador, los comercios deben evitar restricciones generales que impidan a los clientes realizar sus transacciones con dinero de curso legal sin una justificación válida.
El caso de Chimbote que motivó la advertencia
Como parte de sus evaluaciones, Indecopi analizó la política de un establecimiento comercial ubicado en Chimbote que no aceptaba billetes de S/200. La autoridad consideró que el riesgo de posibles falsificaciones no era motivo suficiente para rechazar de manera general todos los billetes de esa denominación.
El caso pone en relieve la importancia de que los negocios evalúen cada situación de manera particular, en lugar de aplicar prohibiciones que afecten de manera directa a los consumidores que desean realizar sus compras con efectivo.
Cuándo sí se puede rechazar un billete o una moneda
Indecopi precisó que no todas las situaciones son iguales y que el rechazo de dinero debe responder a determinadas circunstancias. Por ejemplo, si un billete o una moneda presenta señales de falsificación, se encuentra muy deteriorado o ha sido retirado de circulación, corresponde revisar sus características antes de determinar si existe una razón para no aceptarlo.
En ese sentido, la advertencia de la entidad se dirige principalmente contra las restricciones generales que impiden utilizar monedas o billetes de curso legal sin una justificación válida.
Pagos digitales: preferencia, no obligación
Los establecimientos pueden promover el uso de tarjetas bancarias y billeteras digitales por motivos de seguridad, comodidad o eficiencia. Sin embargo, esta preferencia no los exime de cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa vigente y de recibir pagos en efectivo con billetes de cualquier denominación por parte de los clientes.
Finalmente, Indecopi recordó a los consumidores que conozcan sus derechos, pues el rechazo injustificado de monedas o billetes podría ser materia de evaluación por parte de la entidad. Asimismo, advirtió a los comercios que deben respetar las disposiciones legales y garantizar condiciones de pago que no perjudiquen arbitrariamente a los usuarios.









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