CIDH rechaza liberación de Fujimori y exhorta a Perú a acatar resoluciones de Corte IDH

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos considera la decisión como una violación de compromisos internacionales

Washington D.C., 8 de diciembre.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un comunicado rechazando la reciente decisión del Tribunal Constitucional de Perú que ordenó la libertad del expresidente Alberto Fujimori, quien cumplía una condena de 25 años por graves violaciones a los derechos humanos.

La CIDH señaló que esta medida contraviene las obligaciones internacionales del Estado peruano y constituye un incumplimiento de las órdenes previas emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el marco del caso.

Cabe recordar que Fujimori fue sentenciado en 2009 como autor mediato de la masacre de Barrios Altos, la desaparición forzada de estudiantes de La Cantuta y el secuestro de los periodistas Gustavo Gorriti y Samuel Dyer.

Ante un indulto concedido al expresidente en 2017, la Corte IDH ordenó en 2022 al Estado peruano no ejecutar la orden de libertad pues no se cumplieron las condiciones fijadas durante la supervisión del cumplimiento de sentencia de los casos Barrios Altos y La Cantuta. La CIDH expresó que «conceder indultos u otras exenciones de responsabilidad a personas condenadas por graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad puede generar una forma grave de impunidad».

No obstante, en desacato de este requerimiento, el Tribunal Constitucional dispuso el 4 de diciembre la inmediata liberación de Fujimori en base al mencionado indulto presidencial. Incluso, la Corte IDH emitió una resolución el 5 de diciembre exigiendo al Estado abstenerse de aplicar la orden del Tribunal Constitucional. Pese a ello, el expresidente fue excarcelado al día siguiente.

La CIDH insiste en que el Estado peruano, al ratificar la Convención Americana sobre Derechos Humanos y reconocer la jurisdicción contenciosa de la Corte IDH, tiene el deber ineludible de acatar sus decisiones. En este sentido, la CIDH reitera que «el Estado está obligado a acatar las decisiones que esta adopte en el ejercicio de sus facultades para supervisar el cumplimiento de sus sentencias y de emitir medidas provisionales».

Ante esta situación, la CIDH hizo un llamado enérgico al Estado peruano para que garantice el acceso a la justicia de las víctimas y sus familiares, recordando la obligación de todas las autoridades de realizar un control de convencionalidad considerando los instrumentos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

La resolución del Tribunal Constitucional, que ha permitido la libertad de Fujimori, es vista por la CIDH como un claro desacato a la autoridad de la Corte IDH, que ya había emitido una orden de abstención. La CIDH hace un llamado al Estado peruano para que tome «medidas efectivas para garantizar el derecho de acceso a la justicia a las víctimas de crímenes de lesa humanidad, en respeto a su dignidad».