Jesús “Koko” Giles Alipázaga quedó fuera de la contienda por la Alcaldía Provincial de Huánuco en sede electoral después de que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundada la apelación presentada contra la tacha de su candidatura. El resultado oficial del expediente ERM.2026037244, correspondiente a la audiencia del 1 de setiembre, mantuvo la exclusión dispuesta por el Jurado Electoral Especial de Huánuco y agotó la vía electoral.
La tabla de resultados del JNE ubica el caso en el registro 51, bajo la materia “apelación de tacha de candidato”, y consigna como decisión “infundado”. La resolución numerada y sus fundamentos todavía no han sido publicados. El desenlace electoral está definido, pero aún se desconoce el razonamiento específico del Pleno.
Pronunciamiento de Giles correspondía a una etapa previa
Giles difundió un pronunciamiento fechado también el 1 de setiembre en el que cuestionó informaciones que daban por resuelta su situación y sostuvo que “el JNE aún no ha emitido el fallo definitivo”. El texto refleja una posición previa al resultado oficial: señalaba que solo se conocían las quejas presentadas por el personero de Perú Primero y que la organización todavía esperaba una decisión sobre la apelación.
El candidato también afirmó que no tenía “una sentencia vigente registrada en el Poder Judicial” que le impidiera ejercer sus derechos políticos. El comunicado no detalló qué documento o antecedente judicial sustentaba esa aseveración. Su posición contrastaba con las resoluciones del Jurado Electoral Especial, que habían aplicado el artículo 34-A de la Constitución a partir de una condena de primera instancia por delito doloso. Los fundamentos del JNE permitirán conocer cómo evaluó el Pleno los argumentos de la defensa.
La apelación no logró revertir la tacha
El recurso resuelto por el JNE cuestionaba la Resolución N.° 01163-2026-JEE-HNCO/JNE, emitida el 17 de agosto por el Jurado Electoral Especial de Huánuco. Mediante esa decisión, el organismo declaró fundada la tacha presentada por Liz Katherine Arbaco Silvestre y dispuso la exclusión de Giles.
Ese mismo día, mediante la Resolución N.° 01150-2026-JEE-HNCO/JNE, el JEE también declaró fundada otra tacha contra el postulante. Perú Primero acudió al máximo organismo electoral para intentar revertir la exclusión.
Antes de que se resolviera la apelación, el personero legal de Perú Primero, Ángel Daniel Bernal Malpartida, presentó una queja por defectos de tramitación. El JNE la declaró improcedente mediante el Auto N.° 1 del expediente ERM.2026038493 y dejó el análisis de la tacha para el expediente ERM.2026037244, ahora declarado infundado.
La condena que originó el impedimento
La exclusión tuvo como antecedente la Sentencia N.° 028-2025, emitida mediante la Resolución N.° 38 del 5 de setiembre de 2025 por el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Huánuco. En el expediente 1467-2014-18-1201-JR-PE-03, Giles fue condenado como autor del delito de negociación incompatible por el caso conocido como “Parque Puelles”.
El fallo le impuso cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida, dos años de inhabilitación y el pago solidario de S/500 mil por reparación civil. La sentencia fue apelada y no es firme, pero constituye una condena de primera instancia.
Al resolver las tachas, el JEE aplicó el artículo 34-A de la Constitución, que impide postular a un cargo de elección popular a una persona con sentencia condenatoria de primera instancia por delito doloso. La controversia penal y el proceso electoral conservan estados distintos: la condena continúa impugnada en la vía judicial, mientras la exclusión quedó definida en la vía electoral con el resultado del Pleno del JNE.
Los candidatos a regidores continúan en carrera
La exclusión de Giles no retira a los candidatos a regidores presentados por Perú Primero para la Municipalidad Provincial de Huánuco. El numeral 33.4 del Reglamento de Inscripción de Listas, aprobado mediante la Resolución N.° 0848-2025-JNE, establece que la salida del cabeza de lista no invalida la participación de los demás integrantes.
Perú Primero continuará con su nómina de postulantes al concejo provincial, pero sin candidato a alcalde. La elección municipal está prevista para el 4 de octubre de 2026 y permanecen 14 listas en competencia.
El siguiente hito será la publicación de la resolución numerada y de sus fundamentos completos. Ese documento permitirá conocer qué alegatos fueron rechazados y cuál fue el razonamiento jurídico del Pleno. El resultado ya comunicado, sin embargo, mantiene la tacha: la apelación fue declarada infundada y la exclusión de Giles quedó confirmada en sede electoral.










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