El Jurado Electoral Especial (JEE) de Huamalíes declaró infundado el pedido de País para Todos para anular la votación municipal distrital de la mesa 020322, en el distrito de Miraflores. La Resolución 00891-2026-JEE-HMLS/JNE, firmada el sábado 24 de octubre en Llata, concluye que no se probaron intimidación ni violencia para inclinar el voto.
La firmaron el presidente del jurado, Carlos Manuel Allasi Pari, y los miembros Johann Franz Fernando Santiago Dueñas y Ruperto Mauro Bailón Capcha. Con ella, el JEE cumple lo que le ordenó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE): emitir un nuevo pronunciamiento motivado sobre el fondo del pedido.
El camino del expediente
El personero legal de País para Todos, Paolo Ricardo Pastrana Salinas, pidió la nulidad el 7 de octubre, tres días después de las elecciones del domingo 4. Alegó intimidación y obstrucción a la fiscalización de su partido en la institución educativa Daniel Joel Jara Inga. El pedido se limitaba a esa mesa: «No se solicita la nulidad de toda la elección distrital ni de otras mesas», escribió.
El JEE lo declaró improcedente el 8 de octubre. El partido apeló el 11, subsanó el pago de la tasa el 14 y ese mismo día el jurado elevó la apelación. El 19 de octubre, el JNE anuló la primera decisión con la Resolución 4341-2026-JNE y devolvió el caso. Precisó que lo hacía «sin que ello implique declarar la nulidad de la votación ni anticipar la acreditación de la causal invocada».
El 22 de octubre, el JEE pidió a su coordinadora de fiscalización un informe en un día. El informe, del 23, concluye que los fiscalizadores «no detectaron incidencias» en el local, «incluida la mesa de sufragio N.° 020322».
Las pruebas
País para Todos presentó tres documentos. Los dos primeros fueron una partida de nacimiento y la resolución que inscribió la lista de Somos Perú en Miraflores. Con ellos buscaba probar que la presidenta de la mesa es hija de la candidata a regidora en el segundo lugar de esa lista.
El jurado reconoció que «efectivamente, existe un parentesco familiar», que la ley prohíbe en los miembros de mesa. Pero recordó que la tacha se podía presentar hasta el 20 de agosto. Añadió que descubrir el parentesco el día de la elección no invalida por sí solo la votación si no se prueba que se usó para cometer fraude, cohecho o intimidación.
El tercero fue un acta de denuncia verbal hecha en la comisaría de Llata el 7 de octubre. En ella, un ciudadano dijo que a él y a otras personas les impidieron entrar al local para ejercer como personeros y ver el escrutinio. También habló de amenazas y de objetos contundentes.
El JEE escribió que el acta recoge la versión de quien denuncia y que ningún otro elemento la corrobora. Citó al propio partido, que en su pedido admitió que esas afirmaciones se presentaban «como contenido de la denuncia y no como hechos constatados directamente por la Policía».
Lo que el informe no descarta
El jurado precisó que la falta de incidencias en el informe no demuestra de forma absoluta que los hechos no ocurrieron. Reconoció que pudieron pasar fuera de la vista de los fiscalizadores. Pero concluyó que tampoco hay pruebas objetivas de las amenazas ni de su efecto en la jornada.
La resolución añade que no toda tensión, protesta o alteración del orden es intimidación. Para anular una mesa, recuerda, deben concurrir tres condiciones: una irregularidad grave, contraria a la ley y que haya cambiado el resultado.
El JEE también cuestionó el pedido. Dijo que mezclaba hechos externos a la mesa con actos atribuidos a la presidenta de mesa, que se tramitan por otra vía. Por esa «incongruencia procesal», escribió, el pedido pudo declararse improcedente de plano.
La resolución ordena notificarla a País para Todos. Queda por saber si el partido apelará ante el JNE.










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