UGEL aplicarán control posterior a renovaciones de contrato docente 2026
Tras la publicación del Decreto Supremo N.º 022-2025-MINEDU, oficializada el 2 de enero, se establecieron las disposiciones que regulan la renovación de contratos docentes para el año escolar 2026, asignando a las Unidades de Gestión Educativa Local la responsabilidad de ejecutar un control posterior obligatorio sobre los expedientes aprobados, según lo dispuesto en la norma.
Ahora Politica•19 de enero de 2026•2 min de lectura•406 palabras•79 lecturas
Fiscalización deberá realizarse en un plazo máximo de 90 días hábiles
Tras la publicación del Decreto Supremo N.º 022-2025-MINEDU, oficializada el 2 de enero, se establecieron las disposiciones que regulan la renovación de contratos docentes para el año escolar 2026, asignando a las Unidades de Gestión Educativa Local la responsabilidad de ejecutar un control posterior obligatorio sobre los expedientes aprobados, según lo dispuesto en la norma.
De acuerdo con el marco normativo, las UGEL deberán realizar una verificación exhaustiva de la documentación presentada por los docentes cuya continuidad fue ratificada, en un plazo máximo de noventa días hábiles posteriores a la renovación. Según señala el decreto, este procedimiento tiene como finalidad confirmar la autenticidad y veracidad de los documentos, anexos y declaraciones presentadas durante el proceso.
Según lo establecido por el Ministerio de Educación, la fiscalización se efectuará de oficio y permitirá detectar posibles irregularidades que no hayan sido advertidas durante la etapa inicial de evaluación. La norma precisa que, de encontrarse información falsa o inconsistencias en los expedientes, se aplicarán las sanciones correspondientes conforme a la legislación vigente.
El documento oficial indica que el Área de Personal de cada UGEL será la encargada de contrastar la información de los docentes renovados con las bases de datos del Sistema NEXUS y el Módulo PAD. De acuerdo con el ministerio, este cruce de información busca verificar que los profesores no registren medidas preventivas, denuncias fiscales ni impedimentos legales que hayan surgido con posterioridad a la renovación.
Criterios de conducta y especial énfasis en educación intercultural
En el caso de las instituciones educativas interculturales bilingües, el Decreto Supremo incorpora disposiciones adicionales vinculadas a la conducta del personal docente. Según la Cuarta Disposición Complementaria Final, la renovación del contrato estará condicionada a la relación del profesor con la comunidad educativa y su comportamiento dentro y fuera del aula.
El texto normativo señala que no podrán acceder a la continuidad laboral aquellos docentes que registren quejas por mala conducta, incluyendo situaciones de violencia, uso indebido de recursos públicos o estados de ebriedad. De acuerdo con el Ministerio de Educación, estos criterios se enmarcan en la Ley N.º 30328 y buscan reforzar estándares de integridad en el servicio educativo.
Finalmente, el ministerio manifestó que estas disposiciones forman parte de una política orientada a fortalecer la meritocracia y asegurar que el personal docente que permanezca en las aulas cumpla con los requisitos legales, éticos y pedagógicos establecidos para el año escolar 2026.
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