El nuevo beneficio para trabajadores CAS nació con una promesa política, pero también con una trampa presupuestal. Según el abogado laboralista Ángel Lazo, la ley citada como 32563 no garantiza un pago automático por Fiestas Patrias, porque condiciona el desembolso a una autorización del Ministerio de Economía y Finanzas. En otras palabras, el derecho fue reconocido, pero la caja quedó en manos de cada entidad pública. La tensión está en la propia fórmula legal. Lazo sostiene que las entidades nacionales, regionales y locales solo podrán pagar si modifican su presupuesto con opinión favorable del MEF y usan recursos directamente recaudados. Al mismo tiempo, la norma señala que el beneficio no debe demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Esa combinación deja a miles de CAS frente a una expectativa difícil de cobrar. El caso golpea especialmente a sectores con alta carga laboral y baja recaudación propia. Lazo puso como ejemplo al Hospital Hermilio Valdizán de Huánuco, donde afirmó que existen más de 500 trabajadores CAS. Si esa entidad tuviera que pagar un sueldo adicional en julio y otro en Navidad, el gasto dependería de ingresos que, según el abogado, difícilmente cubrirían una planilla de esa magnitud. El derecho existe, pero el dinero no aparece El abogado explicó que la ley autoriza el pago de aguinaldos o beneficios similares, pero no obliga al Gobierno central a entregar recursos frescos. Bajo esa regla, cada institución debe financiar el beneficio con ingresos propios, como tasas, servicios, multas o recaudación directa. Para Lazo, ese diseño convierte el beneficio en una promesa desigual: algunas entidades podrán pagar y la mayoría quedaría sin margen. La diferencia se aprecia en las instituciones con mayor capacidad de recaudación. Lazo mencionó que solo 17 entidades habrían informado capacidad para cubrir el pago, entre ellas Sunafil, Sunedu, algunos ministerios, la Universidad Nacional de Huancavelica, la Municipalidad de San Luis, el Instituto Geofísico del Perú, la Autoridad Portuaria Nacional y la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. Esa lista debe confirmarse con documento oficial antes de cierre. El contraste con hospitales, gobiernos regionales y municipalidades es evidente. Sunafil, por ejemplo, puede generar recursos mediante multas, según recordó Lazo. Un hospital público, en cambio, atiende población vulnerable y depende de una estructura presupuestal distinta. Esa diferencia hace que dos trabajadores CAS con similar derecho puedan terminar en situaciones opuestas, según la caja de la entidad donde laboran. El régimen CAS vuelve al centro del debate Para Lazo, el problema no se limita al pago de julio. El abogado sostiene que el régimen CAS, creado en 2008, permitió al Estado mantener durante años una planilla más barata frente a los regímenes 276 y 728. Según su lectura, hay trabajadores con 10, 15 o 18 años de servicio que realizan funciones similares, pero sin acceder a los mismos beneficios laborales. La crítica apunta al corazón del modelo laboral público. Lazo afirmó que el Estado reconoce diferencias salariales y de beneficios entre trabajadores que cumplen labores equivalentes. Bajo ese argumento, sostuvo que el propio Estado reproduce una desigualdad que luego no puede corregir porque alega falta de presupuesto. La ley reciente, según su análisis, confirma esa contradicción: reconoce el beneficio, pero no garantiza financiamiento. El abogado también vinculó el problema laboral con la política tributaria. Según su planteamiento, el Estado debería revisar exoneraciones a universidades privadas, colegios privados y sectores con beneficios tributarios, además de cobrar deudas pendientes a grandes empresas. Esa parte de su declaración debe publicarse como propuesta del entrevistado, no como hecho verificado por el medio. Una promesa que puede convertirse en frustración La pregunta inmediata es qué ocurrirá en julio. Si el MEF no aprueba modificaciones presupuestales y las entidades no cuentan con recursos propios suficientes, los trabajadores CAS no recibirían el beneficio, según la interpretación de Lazo. El impacto sería mayor en salud, educación, gobiernos regionales y municipalidades, donde la recaudación directa suele ser limitada frente al tamaño de la planilla. El Ejecutivo queda atrapado entre dos costos. Si no financia el beneficio, enfrentará reclamos de trabajadores que esperaban cobrar. Si transfiere recursos, tendría que modificar una regla que la propia ley dejó explícita: no demandar dinero adicional al Tesoro Público. Mientras tanto, las entidades deberán explicar a sus CAS si tienen presupuesto, si pidieron autorización al MEF y si el pago llegará o no llegará. La norma abrió una expectativa, pero no cerró el camino administrativo para cumplirla. Por eso el conflicto puede escalar en las próximas semanas, cuando los trabajadores comparen anuncios con boletas. El punto crítico no será solo si la ley reconoce el derecho, sino si el Estado decidió financiarlo de verdad. Si no lo hizo, el beneficio CAS puede terminar como otra promesa laboral escrita en papel, pero sin caja para hacerse efectiva.
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