La Segunda Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Lima consiguió que dos barras de oro pasen a favor del Estado, tras una investigación patrimonial que vinculó ambos bienes con presuntas actividades de minería ilegal. El valor conjunto de los lingotes fue estimado en aproximadamente S/ 1 635 496.
La medida se produjo mediante una demanda de extinción de dominio, mecanismo que permite al Estado recuperar bienes relacionados con actividades ilícitas cuando existen elementos que sustentan su procedencia o utilización ilegal. En este caso, la investigación fiscal se centró en el origen de dos lingotes que estuvieron bajo propiedad de la empresa Reginub E. I. R. L.
Dos lingotes bajo investigación patrimonial
De acuerdo con las indagaciones fiscales, los bienes estuvieron vinculados a dicha persona jurídica entre febrero de 2020 y julio de 2021. La Fiscalía especializada sostuvo que los lingotes presentaban una relación con el delito de lavado de activos, en la modalidad de ocultamiento o tenencia de bienes de origen ilícito.
Uno de los lingotes recuperados tiene un peso de 5.25 kilogramos y fue valorizado en USD 228 847.50. La segunda barra registra un peso de 5.95 kilogramos y su valor fue estimado en USD 259 360.50.
Fiscalía señala falta de respaldo económico
El caso también puso el foco en la capacidad económica de la empresa para justificar la adquisición de los metales. Según la Fiscalía, Reginub E. I. R. L. no contaba con los recursos, financiamiento o provisión externa de fondos suficientes para desarrollar operaciones mineras capaces de generar las utilidades declaradas.
La ausencia de una capacidad económica compatible con el valor de las barras fue considerada dentro de la investigación patrimonial. El procedimiento no se limitó a determinar la titularidad de los lingotes, sino que examinó la relación entre su adquisición, el patrimonio de la empresa y el supuesto origen de los recursos.
El oro mantiene un peso relevante en las exportaciones
El caso fiscal ocurre en un periodo de fuerte crecimiento de las exportaciones auríferas del Perú. Según la última edición del Boletín Estadístico Minero del Ministerio de Energía y Minas (Minem), entre enero y mayo de 2026 los envíos de oro alcanzaron US$ 13.241 millones, cifra que representó un aumento de 67% frente a los US$ 7.930 millones del mismo periodo de 2025.
Solo en mayo, las exportaciones de oro llegaron a US$ 2.487 millones. El monto superó en 54,6% el registro de US$ 1.609 millones correspondiente a mayo del año previo. El Minem atribuyó este comportamiento principalmente al incremento de la cotización internacional del metal.
El precio del oro aumentó 39,4% durante mayo, mientras que el volumen exportado registró un crecimiento de 10,9%. Las condiciones del mercado internacional, junto con las expectativas sobre las principales economías y las políticas monetarias, influyeron en la demanda del metal como activo de refugio.
Precedente: incautación de tres barras y virutas de oro
El caso de Reginub no es aislado. Según información del diario Ahora, la Segunda Fiscalía Provincial Transitoria Especializada de Extinción de Dominio de Lima obtuvo previamente la incautación de tres barras de oro y una bolsa con virutas del mismo metal, valorizadas en S/ 2 158 831,57, en el marco de una investigación patrimonial contra una empresa vinculada presuntamente a actividades de minería ilegal.
La medida fue confirmada por el Poder Judicial luego de que el Ministerio Público acreditara que la compañía investigada no pudo demostrar el origen lícito del mineral ni presentar la documentación técnica necesaria para sustentar su procedencia. El material incautado, que en conjunto alcanza un peso de 10,075 kilogramos, se convirtió en uno de los activos patrimoniales incorporados a una investigación por presuntas actividades relacionadas con la minería ilegal.
La trazabilidad, clave para determinar el origen del oro
Durante la sustentación de ese caso, el equipo fiscal señaló que la empresa investigada no logró acreditar la trazabilidad del oro, es decir, el recorrido documentado que permite identificar el origen del mineral desde su extracción hasta su comercialización. Tampoco presentó los balances metalúrgicos ni la documentación técnica requerida para verificar que la producción correspondiera a las concesiones mineras declaradas.
Estos elementos fueron considerados por el juzgado como argumentos suficientes para confirmar la incautación, al advertir la ausencia de información que permitiera establecer el origen legal del metal precioso.
La extinción de dominio como herramienta del Estado
La extinción de dominio es un mecanismo jurídico mediante el cual el Estado puede recuperar bienes cuya procedencia lícita no ha sido acreditada o que estarían vinculados a actividades delictivas, sin que ello dependa necesariamente de una sentencia penal firme.
En el caso del oro incautado, la investigación busca determinar si el patrimonio proviene de actividades ilícitas relacionadas con la minería ilegal, delito que en los últimos años ha incrementado su presencia en diversas regiones del país y que suele estar asociado a organizaciones criminales dedicadas también al lavado de activos, la contaminación ambiental y otros ilícitos.
La minería ilegal representa uno de los principales desafíos para las autoridades debido a su impacto sobre el medio ambiente, la economía formal y la seguridad pública. Además de generar graves daños en ecosistemas, esta actividad suele utilizar mecanismos para introducir mineral de procedencia irregular en los circuitos legales de comercialización. Por ello, la acreditación de la trazabilidad del oro se ha convertido en uno de los principales requisitos para demostrar el origen legal del mineral.
En los últimos años, el Ministerio Público ha reforzado las investigaciones patrimoniales dirigidas contra empresas y organizaciones presuntamente involucradas en este tipo de delitos, utilizando la figura de la extinción de dominio para recuperar activos de origen ilícito.









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