En Pillco Marca, San Pablo de Pillao y Lauricocha, las autoridades en ejercicio figuran como primeras regidoras de listas cuyos candidatos a alcalde renunciaron antes del cierre del proceso. La Constitución prohíbe la reelección inmediata; ninguna norma prohíbe expresamente esta ruta. El Jurado Nacional de Elecciones sostiene que no existe "reelección encubierta" y aún no ha definido qué hará el día que deba entregar la credencial.
El 4 de octubre, los electores de Pillco Marca encontrarán en la cédula el símbolo de Fuerza Popular sin un nombre detrás para la alcaldía. La candidata que encabezaba esa lista, Estela Estelina Bueno Tafur, renunció. Debajo de ella, en el primer casillero de regidores, quedó Diana Cristina Plejo Carrillo: la alcaldesa que gobierna el distrito desde 2023 y a quien el artículo 194 de la Constitución le impide postular otra vez al cargo que ocupa.
La contradicción es aritmética antes que retórica. La ley dice que Plejo no puede ser reelegida de inmediato. La misma ley, leída al pie de la letra, permitiría que vuelva a despachar desde el mismo escritorio si su lista gana. No es un caso aislado ni una rareza huanuqueña: la revisión de El Poder en tus Manos identificó 62 casos en todo el país en los que el candidato a alcalde renunció y el primer regidor de esa lista es un alcalde elegido en 2022. Huánuco aporta tres. En Yarowilca hay un cuarto alcalde inscrito como primer regidor, aunque allí el candidato principal aún no ha renunciado.
El paso a paso de la argucia
La maniobra tiene tres movimientos y ninguno de ellos, por separado, es ilegal.
Primero: el alcalde en ejercicio no se inscribe como candidato a alcalde —eso sí está prohibido—, sino como candidato a regidor. El JNE ha confirmado que nada en la Constitución ni en la ley impide esa inscripción.
Segundo: el alcalde no ocupa cualquier casilla de la lista de regidores, sino la primera. Esa posición no es decorativa: la Ley Orgánica de Municipalidades establece que, ante la ausencia, suspensión o vacancia del alcalde, es el primer regidor quien asume automáticamente el cargo.
Tercero: el candidato a la alcaldía renuncia antes de la elección. Y aquí está la pieza que hace funcionar el mecanismo: la lista no se cae. Sigue vigente, se imprime en la cédula, recibe votos. Si gana, el municipio queda sin alcalde electo y con un primer regidor listo para ocupar la vacante.
El resultado es un cargo obtenido sin haber sido nunca solicitado formalmente al elector. El ciudadano vota por una lista encabezada por un nombre que ya no está en carrera y termina eligiendo, en los hechos, a quien la Constitución le impedía elegir. A nivel nacional, los Jurados Electorales Especiales generaron 717 expedientes por renuncias y retiros de candidatos en este proceso.
Tres municipios, tres versiones del mismo libreto
En Pillco Marca, Fuerza Popular inscribió a Bueno Tafur para la alcaldía y a Diana Plejo como primera regidora. Bueno renunció; Plejo permaneció. La alcaldesa, además, tiene su credencial suspendida entre el 4 de setiembre y el 4 de octubre precisamente por su condición de candidata a regidora en el distrito que gobierna.
En San Pablo de Pillao, el vínculo es de sangre. Marcos Verde Ponce encabezó la lista de Perú Primero y renunció a la candidatura. Su hermana, Delia Verde Ponce, alcaldesa distrital en ejercicio, se mantiene como primera regidora. El caso no es excéntrico: RPP encontró que en al menos 10 de los 62 casos nacionales existe parentesco directo entre quien renunció y la autoridad que se quedó en la lista; siete de esos diez son hermanos.
En Lauricocha, la renuncia llegó con cronómetro. Deibe Genaro Carbajal Paredes, candidato a la alcaldía provincial por Alianza para el Progreso, presentó su renuncia el 5 de agosto, último día del plazo. Detrás de él quedó Gide Falcón Sánchez, alcalde provincial en ejercicio, inscrito como primer regidor en la jurisdicción que administra.
Ninguno de los tres ha sido excluido. Ninguno, hasta ahora, ha infringido norma alguna.
Lo legal y lo legítimo
Esa es exactamente la incomodidad. El presidente del JNE, Roberto Burneo, afirmó el 5 de setiembre que "no hay en el Perú ninguna modalidad de reelección encubierta" y precisó que el Pleno resolvió un punto acotado: si un alcalde en ejercicio puede postular como regidor. La respuesta fue sí, "porque no hay una prohibición expresa en la Constitución, en las leyes ni en otro marco normativo".
Pero el mismo Burneo había declarado semanas antes que la reforma electoral del Congreso "dejó puertas" y que se están generando "estrategias para fraguar la ley". Ambas afirmaciones pueden ser ciertas a la vez, y esa coexistencia es el problema: el organismo que administra las reglas describe la distorsión con claridad y, al mismo tiempo, se declara sin herramientas para corregirla. Más revelador aún: el Pleno todavía no ha discutido qué ocurrirá si una de estas listas gana y hay que entregar una credencial de alcalde a quien fue elegido regidor. La decisión más importante ha sido aplazada hasta después del voto.
Para la especialista electoral Silvia Guevara, el asunto no es un vacío sino una mala regulación, y configura un abuso de derecho: "Si realmente quieres postular como regidor, perfecto: postula como regidor, juramenta como regidor y ejerce tu cargo como regidor, que es distinto. Vas a fiscalizar, no vas a gestionar". Y añade la imagen que resume el fenómeno: quien no puede entrar por la puerta entra por la ventana, pero entra igual. El Defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, fue más escueto: "esa figura no está reglada".
Certidumbre para el candidato, incertidumbre para el elector
El Congreso tiene sobre la mesa un proyecto —presentado por el congresista Víctor Piñán, de Obras— que modificaría el artículo 8 de la Ley de Elecciones Municipales para impedir que un alcalde saliente integre, en cualquier posición, la lista al concejo de su misma jurisdicción. Su propio texto reconoce que no se aplicaría a estos comicios: llegaría para el proceso siguiente. Es decir, la brecha se cerraría después de haber sido usada.
Mientras tanto, el reparto de certezas quedó invertido. Quien diseñó la maniobra sabe exactamente qué está haciendo y qué espera obtener. Quien vota en Pillco Marca, San Pablo de Pillao o Lauricocha no sabrá, al marcar la cédula, si está eligiendo un concejo municipal o renovando una gestión que la Constitución declaró concluida. La regla existe, está escrita y es explícita. Lo que no existe es alguien dispuesto a hacerla valer antes del domingo.








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