El Congreso de la República, en el marco de sus facultades, publicó este 31 de marzo la ley que mantiene vigente el seguro de vida ley tras el cese de la relación laboral.
En la norma se establece, entre otros, que en caso de cese del trabajador asegurado, éste puede optar por mantener su seguro de vida.
Asimismo, establece que , dentro de los 60 días calendario siguientes debe solicitarlo por escrito a la empresa aseguradora y efectuar el pago de la prima.
Cabe destacar que la misma que se calcula sobre el monto de la última remuneración percibida.
“La empresa de seguros suscribe un nuevo contrato con el trabajador, estableciendo una prima que no puede ser superior a la que abonaba el empleador. El seguro contratado mantiene su vigencia de acuerdo al plazo que establece la Ley 29946, Ley del Contrato de Seguro”, indica.
Y es que, de acuerdo a Jaime Delgado, especialista en derechos del consumidor, previo a la publicación de la ley los trabajadores negociaban a cuenta propia su seguro tras el cese laboral y “las compañías aseguradoras les fijaban tarifas tan altas que ningún trabajador podía dar continuidad a se seguro y lo perdía”, indicó.
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