El agua que salía de los cuatro reservorios de Seda Huánuco en octubre de 2025 tenía entre 320 y 677 organismos de vida libre por litro. La norma sanitaria fija para ese parámetro un límite de cero. El dato consta en una hoja informativa del Órgano de Control Institucional (OCI) de la Contraloría en Seda Huánuco, fechada el 26 de agosto de 2026 y remitida al gerente general, Mirko Jurado Dueñas. Diario Ahora tuvo acceso al documento.
El hallazgo se conoce luego de que Diario Ahora informara que la Contraloría advirtió un riesgo inminente de colapso en el canal que abastece a la ciudad, y mientras la empresa sostiene en público que garantiza la calidad del agua. El documento del OCI, elaborado por el auditor Richard Díaz Negrillo, dice otra cosa: que los organismos persisten, que su presencia aumentó y que la empresa no acreditó ante la autoridad sanitaria las autorizaciones que exige la ley.
Lo que prohíbe la norma
El Reglamento de la Calidad del Agua para Consumo Humano establece en su artículo 60 que el agua de consumo debe estar exenta de organismos de vida libre, como algas, protozoarios, copépodos, rotíferos y nematodos. Su anexo I fija el límite máximo permisible en cero organismos por litro. Que aparezcan en el agua de los reservorios significa que atravesaron la planta de tratamiento.
Los resultados que la Dirección Regional de Salud (DIRESA) comunicó a Seda, recopilados por el OCI, son estos:
Los valores de 2025 son entre dos y cuatro veces el de 2022. El OCI advierte que los puntos de muestreo no son idénticos y que por eso no permiten una comparación estricta. Aun así, concluye que evidencian «la persistencia de OVL en agua destinada al consumo humano y un comportamiento desfavorable».
En la captación del río Higueras, la DIRESA contó 1 001 950 organismos por litro en octubre de 2025. En julio de 2022 había registrado 166 475.
El documento recoge un antecedente más grave. En agosto de 2022, la DIRESA comunicó a Seda la presencia de protozoos y helmintos parásitos en una muestra de agua para consumo tomada a la salida de un filtro. En ese mismo oficio le informó que el sistema no contaba con autorizaciones ni registros sanitarios.
Una planta sin autorización sanitaria
Tres años después, el problema administrativo seguía. En la inspección comunicada el 10 de diciembre de 2025, la DIRESA verificó que Seda:
tenía observado el registro de su fuente de agua;
no presentó el registro de su sistema de abastecimiento;
no presentó la autorización sanitaria de su planta de tratamiento;
no presentó su Programa de Adecuación Sanitaria;
no presentó su plan de contingencia;
no presentó su manual de operación y mantenimiento.
El OCI concluye que, a diciembre de 2025, la empresa «no acreditaba integralmente» ante la autoridad sanitaria los registros, autorizaciones e instrumentos exigidos. No es la primera alerta sobre planes. En mayo, otro informe del OCI advirtió que Seda no tenía implementados sus planes de prevención, gestión reactiva y continuidad operativa.
Los permisos que la sostienen
Seda opera bajo dos instrumentos aprobados por la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA). El Programa de Adecuación Sanitaria, aprobado el 5 de enero de 2023, le da como máximo cinco años para cumplir los límites. El Plan de Control de Calidad se renovó el 20 de setiembre de 2024 por dos años, y la resolución obligaba a iniciar su renovación seis meses antes de vencer.
Al aprobar esa renovación, la DIGESA dejó una condición. Para el siguiente trámite, Seda debía presentar las medidas correctoras y los avances del programa, porque para el cromo, el níquel, el molibdeno y los organismos de vida libre no había presentado nuevas pruebas de que estuvieran dentro de los límites.
Para el OCI, el aumento de 2025 podría indicar «una eventual inacción, ejecución insuficiente o falta de eficacia de las medidas adoptadas», y esa situación podría perjudicar la renovación del plan. «La sola existencia formal de ambos instrumentos no resulta suficiente», advierte.
Seda sostiene que su Plan de Control de Calidad sigue vigente. Por el plazo de dos años, la vigencia de la resolución de 2024 se cumplía alrededor de setiembre de 2026. Este diario no halló un registro público de su renovación.
«No es una carta libre»
El OCI recuerda que el reglamento considera infracción muy grave suministrar agua que no cumple los requisitos de calidad, salvo la excepción del artículo 75. También es infracción muy grave no aplicar el plan de control o no implementar el programa de adecuación. Previo procedimiento sancionador, esas faltas pueden acarrear multas y otras medidas administrativas. Tener esos instrumentos aprobados, subraya, no es «una exoneración permanente» ni «una autorización irrestricta para mantener OVL en el agua suministrada». La permanencia del régimen de adecuación «no debe interpretarse como una “carta libre”» frente a la autoridad sanitaria.
El reglamento manda a la DIRESA exigir medidas correctivas y, si no se cumplen, sancionar. El documento no menciona que se haya abierto algún procedimiento sancionador.
Bajo la administración del OTASS
Todas las muestras del documento se tomaron desde que el OTASS asumió la conducción de Seda, en diciembre de 2020. En ese mismo periodo, según informó Diario Ahora, el OCI detectó que la empresa usó 4875 kilos de un coagulante sin registro sanitario en Cabrito Pampa entre marzo de 2023 y junio de 2024. La Sunass, además, la multó porque cumplió apenas el 4 % de sus metas para proteger las fuentes de agua.
Ante una alerta similar en 2022, un funcionario de Seda sostuvo que los organismos hallados no eran parásitos ni dañaban a los usuarios, según informó Correo. La norma, sin embargo, no distingue: exige que el agua de consumo esté libre de todos ellos.
Con el oficio firmado por su jefe, Yoseph Domínguez Huaccho, el OCI recomendó al gerente general adoptar acciones correctivas para reducir progresivamente estos organismos, cumplir el programa y el plan, y regularizar los registros y autorizaciones pendientes. El documento no establece responsabilidades.










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