El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió dejar sin efecto la credencial otorgada a Rafael López Aliaga como senador del Congreso de la República para el periodo legislativo 2026-2031. Mediante la Resolución N° 1757-2026-JNE, el tribunal electoral adoptó esta medida por mayoría tras evaluar la postura expresa del ciudadano electo de no asumir funciones.
Fuentes oficiales señalaron que la decisión responde directamente a la solicitud del Parlamento ante la negativa del candidato de juramentar e incorporarse a la nueva cámara legislativa. La institución electoral aplicó una interpretación sistemática del ordenamiento constitucional y legal debido al vacío normativo existente en la legislación vigente.
Distinción entre proclamación y ejercicio del cargo
El colegiado estableció una distinción jurídica entre la proclamación de un candidato y el ejercicio efectivo de la función parlamentaria. El documento oficial precisa que la proclamación reconoce la voluntad popular, pero no equivale por sí sola al inicio del mandato legislativo regulado por el artículo 95 de la Constitución Política. Por este motivo, el Supremo Tribunal Electoral determinó que el mandato irrenunciable no llegó a configurarse plenamente en este caso específico.
La resolución aclara de manera explícita que este dictamen no constituye un control sobre el artículo 95 de la Carta Magna ni fija un precedente general de renunciabilidad. Las autoridades electorales indicaron que se trata de una salida jurídica coordinada para resolver un supuesto no previsto por el legislador ordinario.
Designación de reemplazo
El JNE convocó formalmente a Absalón Vásquez Villanueva para que asuma el cargo de senador del Congreso de la República para el periodo 2026-2031. Esta disposición responde al estricto orden de prelación de la votación preferencial dentro de la misma lista del partido político Renovación Popular. El tribunal remarcó que la convocatoria representa el mecanismo legal correspondiente para ejecutar el resultado de las Elecciones Generales de este año.
El pronunciamiento del máximo organismo electoral detalla que las normas del Reglamento del Congreso y del Reglamento del Senado asignan efectos jurídicos propios a cada etapa del proceso de incorporación. Al formalizarse la exclusión del llamado a juramentar, la representación conferida por los votos asignados al partido político se traslada al candidato sucesor.
Propuesta legislativa ante vacíos normativos
El Pleno del JNE dispuso que su Oficina General de Asesoría Jurídica elabore un proyecto de ley destinado a regular estos escenarios en los procesos electorales del país. La iniciativa legal buscará definir los procedimientos claros cuando un senador o diputado electo manifieste su decisión de no asumir el cargo antes de la instalación del Congreso.
La propuesta técnica será canalizada ante el Poder Legislativo para su eventual debate, aprobación y promulgación en las comisiones dictaminadoras. El organismo subraya que la falta de regulación sobre la no incorporación previa a la juramentación genera incertidumbre en el sistema de representación democrática. El proyecto delimitará los plazos y las formalidades que deberán cumplir los candidatos elegidos que opten por decisiones similares.










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