La regidora Edith Flores Ureta reafirmó que la ordenanza aprobada en 2025 permite emitir constancias de posesión únicamente para la gestión de servicios básicos, como agua y energía eléctrica, en asentamientos humanos reconocidos y no reconocidos. Sin embargo, subrayó que el documento no acredita titularidad ni constituye un paso automático hacia la formalización de la propiedad.
La medida responde, según explicó, a la necesidad urgente de dotar de servicios esenciales a sectores que durante años no pudieron acceder a estos beneficios por no contar con reconocimiento formal. En zonas como Moras, donde la mayoría de asentamientos no está reconocida, la ampliación del alcance de la ordenanza busca cerrar esa brecha administrativa.
Flores Ureta enfatizó que el texto es claro: la constancia no otorga derecho de propiedad ni saneamiento físico-legal. “Es exclusivamente para luz y agua”, sostuvo, ante cuestionamientos sobre si podría interpretarse como un reconocimiento previo del terreno. Recordó que antes de esta modificación normativa, solo los asentamientos formalmente reconocidos podían obtener dicho documento.
Expedientes en evaluación
La regidora precisó que la revisión y aprobación de constancias corresponde al área técnica de Asentamientos Humanos, instancia responsable de evaluar cada expediente conforme a los criterios establecidos. Señaló que no interviene en la aprobación de documentos ni en decisiones administrativas vinculadas al trámite documentario.
En casos donde existan litigios o procesos judiciales, indicó que la evaluación debe realizarse de manera individual, considerando la documentación sustentatoria. Añadió que no deberían otorgarse constancias cuando existan conflictos legales no resueltos, aunque la decisión final depende del área técnica.
Asimismo, manifestó que no se entregan constancias en zonas de alto riesgo, como áreas afectadas por huaycos. Este filtro busca evitar que el documento sea interpretado como aval para ocupaciones en espacios no aptos para vivienda.







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