Jhon Rupay, Leoncio Prado. El Castur, el comité de pobladores que administra el balneario Las Pavas, denunciará ante la Fiscalía Penal a la familia López Pérez, anunció su abogado, Peter Dueñas Santillán. La acusa de intimidación y acoso por oponerse a un proyecto en el balneario. Lo dijo en una reunión con el alcalde y la Policía Nacional del Perú.
«Estos actos de oposición que viene desarrollando la familia López Pérez constituyen ciertamente actos de intimidación y constituyen ciertamente actos de acoso», dijo Dueñas. El abogado contó que fue contratado específicamente para este caso y se presentó como representante legal del Castur. No precisó qué delito denunciará: habló de «la denuncia correspondiente por el delito que se pueda encontrar».
A cada autoridad le hizo un pedido. A la municipalidad, que envíe cartas a la familia bajo apercibimiento de denuncia por desobediencia a la autoridad. A la subprefectura, que reciba pedidos de medidas de protección por lo que llamó «actos de hostigamiento constante».
A la Policía le pidió que, cuando se presente la denuncia, «no nos ponga peros» y que investigue. Dijo que le habría gustado que la Fiscalía de Prevención del Delito estuviera en la reunión.
Diez metros por cada margen
El argumento central del abogado es la naturaleza del terreno. «El balneario es una faja marginal, ¿ya? Es un bien público. De ninguna manera puede resultar siendo una propiedad privada», dijo.
Según Dueñas, la Autoridad Nacional del Agua (ANA) delimitó esa faja con la resolución directoral 713-2018-ANA. Dijo que fija diez metros de ancho en ambas márgenes, con coordenadas UTM. Diario Ahora buscó la resolución en el portal de la ANA el lunes 26 de octubre y no la encontró.
El abogado también citó el artículo 74 de la Ley 29338, Ley de Recursos Hídricos. Según él, ese artículo hace de la faja un bien inalienable e imprescriptible del que nadie puede apropiarse.
El texto del artículo es más corto. Dice que junto a los cauces «se mantiene una faja marginal de terreno» para la protección, el uso primario del agua, el libre tránsito, la pesca y otros servicios. El carácter de dominio público lo fijan los artículos 6 y 7 de la misma ley. Las palabras «inalienable e imprescriptible» están en el artículo 2, y se refieren al dominio sobre el agua.
Sin título de propiedad, según Dueñas
Dueñas afirmó que la familia presentó escritos de oposición al proyecto. Según él, en ellos reconoció que tiene inscrita una sociedad y ningún documento que la acredite como propietaria. Diario Ahora no ha visto esos escritos ni sabe ante qué entidad se presentaron.
Dueñas citó además dos normas municipales. Según él, la ordenanza municipal 03-2023 declaró el balneario de interés público y prioridad distrital, y la resolución 02-2025 reconoce al Castur, con vigencia hasta 2027.
«La posición de la otra parte es débil», dijo. El abogado no dijo cuándo presentará la denuncia ni los pedidos de medidas de protección.










Comentarios
Comparte tu opinión de manera respetuosa.
Inicia sesión para dejar un comentario.