El Poder Judicial impuso 13 años y 04 meses de pena privativa de libertad efectiva contra Manuel David Gonzales Cecilio por el delito de violación sexual en su forma agravada en agravio de una adolescente. Por tratarse de una víctima menor de edad, este medio resguarda estrictamente su identidad, conforme a las normas de protección y la ética periodística.
La información fue confirmada por el fiscal adjunto provincial Carlos Hugo Quesada Roque, de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yarowilca, quien precisó que el Ministerio Público solicitó inicialmente 22 años de prisión efectiva. No obstante, la judicatura impuso una condena menor al aplicar la figura de responsabilidad penal restringida, debido a que el sentenciado tenía 20 años al momento del hecho.
Según lo comunicado por la Fiscalía, la condena se computa desde la fecha de captura del sentenciado: inicia el 02 de julio de 2025 y culminará el 01 de noviembre de 2038. Además, el fallo fijó una reparación civil de S/ 5,000.00 a favor de la parte agraviada.
De acuerdo con el Requerimiento Fiscal Mixto N.° 002-2022, el caso se originó por hechos ocurridos el 12 de agosto de 2020 en el centro poblado Ayapiteg, distrito de Chavinillo, provincia de Yarowilca. La acusación fiscal atribuyó al hoy condenado la comisión del delito de violación sexual agravada.
Entre los principales elementos considerados en el proceso figuran los Certificados Médico Legales practicados el 17 de agosto de 2020, así como diligencias de declaración y entrevista realizadas durante la investigación, las cuales formaron parte del sustento del requerimiento acusatorio presentado por el Ministerio Público.
En la etapa fiscal, el caso comprendió inicialmente a dos investigados; sin embargo, respecto de Dangel Nislider Cabrera Acosta, se requirió el sobreseimiento. En consecuencia, la sentencia recayó únicamente sobre Manuel David Gonzales Cecilio, por el referido delito.
El Ministerio Público informó que la decisión judicial ya se encuentra firme en cuanto a la pena efectiva y las medidas civiles impuestas, reiterando su actuación conforme a sus atribuciones constitucionales en la persecución del delito.










Comentarios
Comparte tu opinión de manera respetuosa.
Inicia sesión para dejar un comentario.