Un pago de S/ 25 mediante la billetera Plin permitió a la Policía identificar al mototaxista investigado por la presunta agresión sexual y el hurto de pertenencias a una joven que había abordado su vehículo tras salir de una discoteca en Amarilis. El juez Iván Aguirre Antonio, del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Huánuco, declaró fundado el requerimiento fiscal y dictó nueve meses de prisión preventiva contra Robbinson Abel Valentín Martel, de 21 años. El magistrado ordenó su internamiento en el penal de Potracancha mientras continúa la investigación. El fiscal adjunto Pedro Miguel Ricapa Castillo, de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huánuco, sustentó el pedido. El mototaxista es investigado por presunta violación sexual de una persona en estado de inconsciencia o imposibilitada de resistir, además de hurto simple. Según la tesis fiscal, la joven salió de una discoteca ubicada en el jirón Los Portales alrededor de las 6:00 de la mañana del 1 de agosto. Luego abordó el trimóvil azul y blanco del investigado con la intención de dirigirse a su vivienda. Durante el recorrido, el conductor habría cambiado la ruta y comprado dos latas de cerveza. La pasajera manifestó que recibió una de las bebidas y después perdió el conocimiento. La Fiscalía sostiene que fue trasladada a un hostal situado en la carretera hacia el aeropuerto, a la altura de Colpa Baja. Horas después, la joven despertó y advirtió la desaparición de su teléfono iPhone y un reloj. Tras comunicar lo ocurrido a su madre, ambas presentaron la denuncia ante la unidad policial especializada. Agentes del Área de Secuestros y Extorsiones de la Depincri rastrearon el pago realizado por la habitación mediante Plin. La operación digital permitió establecer la identidad del usuario vinculado al abono y orientar las diligencias hacia el conductor. El Ministerio Público incorporó al caso los exámenes médico-legales y las muestras recogidas para análisis de ADN. Estos elementos fueron presentados durante la audiencia como parte del sustento del pedido de prisión preventiva. Valentín Martel ejerció su derecho a guardar silencio frente a la imputación. La medida dictada es cautelar y no constituye una condena; su responsabilidad deberá determinarse durante el proceso penal.
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