La Sala Superior confirmó una medida socioeducativa de seis años de internación contra el adolescente de iniciales Y. E., de 17 años, declarado responsable de un acto infractor contra la libertad sexual en agravio de una menor de 16 años con discapacidad intelectual moderada.
El resultado fue obtenido por la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Leoncio Prado, dirigida por la fiscal provincial Rosa Amelia Coral Reyna. El tribunal declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por la defensa y ratificó la decisión emitida en primera instancia.
Los hechos ocurrieron entre la noche del 22 y la madrugada del 23 de febrero de 2026, dentro de una vivienda ubicada en Tingo María. De acuerdo con lo establecido durante el proceso, el adolescente condujo a la víctima, identificada con las iniciales M. V., hacia el segundo piso del inmueble aprovechando el desarrollo de una festividad local.
La resolución sostiene que la menor manifestó su negativa y su intención de retirarse. Pese a ello, fue agredida sexualmente. Las evaluaciones practicadas posteriormente también determinaron que presentaba lesiones traumáticas en el rostro y el cuello.
Para sustentar el caso, el Ministerio Público presentó una pericia psicológica, una evaluación especializada, el certificado médico legal y diferentes testimonios. Estos elementos permitieron establecer que la agraviada no podía brindar un consentimiento libre e informado debido a su discapacidad intelectual.
Los testimonios incorporados al proceso también sirvieron para acreditar que el adolescente conocía previamente la condición de vulnerabilidad de la víctima. La Sala Superior consideró que las pruebas reunidas permitían confirmar su responsabilidad y desestimar los cuestionamientos formulados por su defensa.
Como consecuencia de la decisión, Y. E. deberá cumplir seis años de internación en el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Pucallpa. Durante su permanencia recibirá tratamiento técnico y multidisciplinario orientado a su rehabilitación y posterior reinserción social.
El tribunal confirmó, además, el pago de 10 mil soles por concepto de reparación civil en favor de la adolescente agraviada. La suma deberá ser asumida solidariamente por el responsable y su progenitora.
Debido a que los involucrados son menores de edad, sus identidades permanecen protegidas. La medida confirmada busca sancionar el acto infractor, garantizar atención especializada y salvaguardar los derechos de la víctima.










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