Julián Basilio deberá cancelar S/6155 por pensiones devengadas, además de pagar S/500 por concepto de reparación civil. Un juzgado de Yarowilca condenó a Julián Basilio a un año de pena privativa de la libertad, con carácter suspendido, por el delito de incumplimiento de la obligación alimentaria en agravio de su hija menor de edad. La sentencia fue obtenida tras el requerimiento presentado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yarowilca. El fallo también ordenó al condenado pagar S/500 por concepto de reparación civil y cancelar S/6155 correspondientes al saldo de pensiones alimentarias devengadas. De acuerdo con la información fiscal, el monto adeudado deberá ser pagado en ocho cuotas. El cumplimiento de este cronograma será determinante para que Basilio mantenga la suspensión de la pena impuesta por el órgano jurisdiccional. El caso se originó en abril de 2025, cuando el ahora sentenciado suscribió una conciliación con la madre de su hija. Mediante dicho acuerdo se comprometió a entregar una pensión mensual de S/250. Sin embargo, según el Ministerio Público, Basilio no cumplió con efectuar los pagos establecidos en la conciliación. La falta de abono generó la acumulación de las pensiones devengadas y posteriormente dio lugar al proceso penal que concluyó con la sentencia en su contra. Aunque el sentenciado no ingresará a un establecimiento penitenciario, deberá respetar las condiciones fijadas por el juzgado y cumplir con el pago ordenado. La Fiscalía advirtió que un nuevo incumplimiento podría ocasionar la revocatoria de la suspensión. En ese escenario, la pena podría convertirse en efectiva. La obligación será cancelar las cuotas y la reparación civil dispuestas por el juzgado.
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