El Cádiz goleó este sábado por 4-0 al Leganés en el Estadio Nuevo Mirandilla, en un encuentro que comenzó con tres minutos de retraso respecto al horario previsto de las 18:30. La demora, poco habitual en el fútbol profesional de Primera y Segunda división, se produjo por la tardanza del equipo madrileño en comparecer sobre el terreno de juego.
El acta arbitral del colegiado Alejandro Morilla Turrión recoge tanto la demora como su justificación. "El encuentro comenzó con tres minutos de retraso con respecto a la hora prevista", señala el documento, que añade el motivo: "Debido a que el equipo visitante no tenía en orden su indumentaria". El escrito no detalla qué supone exactamente esa falta de orden en la equipación.
La tercera equipación del Leganés
El Leganés no jugó con su primera equipación, sino con la tercera que tiene el equipo madrileño. Ese dato aparece vinculado al motivo del retraso recogido por el árbitro, aunque el acta no precisa más sobre las razones por las que la indumentaria no estaba en orden.
Más allá de la demora inicial, el partido se disputó con normalidad y terminó con una goleada del Cádiz por 4-0 ante su afición en el Nuevo Mirandilla.
Qué dice el reglamento
El caso queda ahora a la espera de lo que decida el Comité de Disciplina de la RFEF. El artículo 89 del reglamento, relativo a la comparecencia tardía a un partido que no impide su disputa, establece lo siguiente: "Cuando un equipo se presente en las instalaciones deportivas con notorio retraso no justificado, pero pese a la demora, esta circunstancia no impida la celebración del partido, o cuando se retrase en su salida al terreno de juego, tanto al inicio del partido como en el segundo tiempo, se impondrá al club multa en cuantía de hasta 3.000 euros".
La misma norma añade que, en caso de tratarse de la primera de las infracciones previstas en ese artículo, "además se suspenderá o inhabilitará por tiempo de hasta dos meses a los/las directamente responsables". Si se repitiera, la segunda infracción "se considerará como una actuación no correcta del/de la entrenador/a titular del equipo infractor, que podrá acarrear su expulsión del terreno de juego y será sancionado/a con suspensión de 1 a 3 partidos".
Según el análisis del propio medio, lo normal es que en este caso la resolución quede en una advertencia y que solo en caso de reincidencia el club pudiera ser sancionado. El Comité de Disciplina de la RFEF aún no ha adoptado una decisión sobre el caso.










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