El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que desde las 00:00 horas de este lunes 28 de setiembre comienzan a regir las restricciones electorales en todo el territorio nacional, con miras a las Elecciones Regionales y Municipales del próximo domingo 4 de octubre. Las medidas buscan asegurar el correcto desarrollo de la jornada de votación y se aplican por etapas, con horarios y sanciones establecidos en la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
La primera restricción en entrar en vigencia es la prohibición de difundir o publicar encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, conforme al artículo 191 de la LOE. El incumplimiento se sanciona con una multa de entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a montos de entre 55 mil y 550 mil soles, según la información difundida por el organismo electoral.
Reuniones políticas y propaganda: las fechas clave
Desde las 00:00 horas del viernes 2 de octubre, dos días antes de los comicios, quedará prohibida la realización de reuniones o manifestaciones públicas de carácter político, de acuerdo con el artículo 190 de la LOE. Quienes incumplan esta disposición enfrentan una pena de cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años, según el artículo 388 de la misma norma.
La propaganda política de cualquier tipo y difundida por cualquier medio quedará suspendida desde las 00:00 horas del sábado 3 de octubre, 24 horas antes de la elección. Infringir esta prohibición implica una pena de prisión no menor de dos años, según lo informado por el JNE.
El calendario queda así escalonado: las encuestas salen de circulación el lunes 28 de setiembre; las reuniones y manifestaciones políticas, el viernes 2 de octubre; y la propaganda en cualquier soporte, el sábado 3. Cada tramo tiene su propia sanción, que va de la multa económica a la pena privativa de libertad.
Ley seca: desde el sábado 3 hasta el lunes 5 de octubre
La denominada ley seca regirá desde las 8:00 de la mañana del sábado 3 de octubre hasta las 8:00 de la mañana del lunes 5 de octubre. Durante ese periodo queda prohibido el expendio de bebidas alcohólicas de cualquier tipo y deberán cerrar los establecimientos o espacios dedicados exclusivamente a dicha actividad, conforme al artículo 351 de la LOE.
El artículo 390 de la LOE establece las sanciones por incumplir esta restricción: una pena de prisión no mayor de seis meses y una multa no menor del diez por ciento del ingreso mínimo vital multiplicado por treinta días de multa, que asciende a S/ 3 390, según precisó el organismo electoral.
Qué no se podrá hacer el día de la votación
El domingo 4 de octubre, entre las 7:00 y las 17:00 horas, no estarán permitidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de votación. Durante ese periodo tampoco podrán realizarse espectáculos populares al aire libre ni en recintos cerrados, funciones teatrales o cinematográficas, ni reuniones públicas de ninguna clase.
Las sanciones por incumplir estas y otras disposiciones están contempladas en el Título XVI de la LOE, referido a los delitos, las sanciones y los procedimientos judiciales.
Fiscalización en todas las regiones del país
El JNE informó que sus fiscalizadores realizarán operativos en todas las regiones del país para supervisar el cumplimiento de la normativa electoral y garantizar que la votación transcurra con normalidad.
De acuerdo con el organismo electoral, las restricciones no son recomendaciones: están sustentadas en la Ley Orgánica de Elecciones y se aplicarán con fiscalización en las regiones, con el fin de proteger la libertad del voto, evitar presiones en la jornada electoral y garantizar que el proceso se desarrolle con orden.










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