La jueza de paz Blanca Marisol Quinto Arroyo fue obligada a realizar ejercicios conocidos como "ranas" en la plaza principal de Codo del Pozuzo, en la provincia de Puerto Inca (Huánuco), luego de ser acusada de retener S/35 mil vinculados a un acuerdo de separación de bienes. El hecho ocurrió el 25 de septiembre y quedó registrado en videos que después se difundieron por redes sociales.
Según el relato difundido por medios locales y el programa 24 Horas de Panamericana Televisión, una mujer acudió ante las rondas campesinas para denunciar que la jueza intentaba quedarse con el dinero entregado por su exconviviente durante la separación. Tras conocer la denuncia, los ronderos intervinieron a Quinto Arroyo y la trasladaron hacia la Plaza de Armas. Ante su negativa a caminar, la subieron a un vehículo para llevarla al lugar principal.
El castigo en la plaza y la difusión del video
Ya en la plaza, las mujeres ronderas obligaron a la jueza a realizar 19 ejercicios de tipo "ranas" ante vecinos de la localidad. El episodio fue grabado y el material circuló en redes sociales, lo que permitió que el caso se conociera fuera de Codo del Pozuzo.
La acusación se enmarca en un acuerdo de separación de bienes entre una pareja. El dinero habría sido entregado a la jueza en ese contexto, y la información difundida presenta la retención como una acusación, no como un hecho determinado por sentencia judicial.
Devolución del dinero y posible denuncia
Después del episodio, Quinto Arroyo habría devuelto los S/35 mil. Para el 28 de septiembre existía además un compromiso de entregar S/500 a la denunciante, relacionados con gastos y tiempo empleados para reclamar el dinero, de acuerdo con la información disponible.
El caso también generó una posible respuesta legal de parte de la jueza. Quinto Arroyo habría buscado asesoría de un abogado, quien estaría recopilando información para evaluar una denuncia contra integrantes de las rondas campesinas por presunto maltrato y otros delitos.
Qué funciones cumple un juez de paz
El juez de paz es una autoridad elegida directamente por la comunidad. Su función principal es resolver determinados conflictos mediante la conciliación, para que las partes involucradas alcancen un acuerdo. Cuando la conciliación no es posible, puede emitir una sentencia aplicando criterios de equidad y sentido común, incluso sin contar con formación como abogado.
Entre los asuntos en los que puede intervenir figuran conflictos civiles como alimentos, desalojos e interdictos, además de faltas penales relacionadas con la persona, el patrimonio, las buenas costumbres y la seguridad pública. También puede imponer multas o servicios comunitarios y ordenar detenciones de hasta 24 horas, antes de comunicar el caso al Ministerio Público.
Para ejercer como juez de paz se requiere ser peruano de nacimiento, tener más de 25 años, residir al menos tres años en la zona, contar con una ocupación conocida, dominar la lengua predominante de la comunidad y mantener una conducta reconocida por la comunidad. El mandato dura dos años y puede ser renovado.
La acusación sobre la retención del dinero y las circunstancias en las que se produjo la devolución forman parte de los hechos que deberán ser esclarecidos. Hasta el cierre de esta nota no se había informado de una investigación fiscal ni de un pronunciamiento del Poder Judicial sobre el caso.









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