En un reciente fallo judicial, la Sala Penal de Apelaciones Permanente de Huánuco modificó una sentencia previa de 30 años de prisión a 10 años para Diomer Edhuin Oncehuay Culantres, originalmente condenado por violación sexual en grado de tentativa contra una menor de 9 años. El cambio se fundamentó en la reconducción del tipo penal a tocamientos indebidos.
El colegiado conformado por los magistrados Rocío Marín, Rolando Bustillos y Santiago Malpartida, unánimemente decidieron esta reducción el 11 de julio de este año. La revisión de la sentencia responde a la falta de pruebas de una conducta delictiva reiterada por parte de Oncehuay Culantres, quien no era reincidente ni había evidencia de habitualidad en sus acciones.
Además, los jueces destacaron las carencias socioeconómicas y el bajo nivel de instrucción del acusado como factores considerados en su decisión. Durante la audiencia de apelación, Oncehuay Culantres admitió su encuentro con la menor pero argumentó que su estado de ebriedad le impidió recordar claramente sus acciones, situación que lo llevó a disculparse y prometer no reincidir.
Los hechos ocurrieron el 14 de junio de 2021, cuando la niña estaba volviendo a casa de su abuela en Huamangaga, distrito de Conchamarca, provincia de Ambo, después de haber ido a una tienda cercana. Fue entonces cuando Oncehuay, bajo el pretexto de ser su “tío”, se aprovechó de la situación para llevarla hacia el río Huallaga con intenciones de abusar de ella. Sin embargo, el ladrido de un perro permitió que la menor escapara y relatara el incidente a su familia, que inmediatamente capturó al agresor y lo entregó a las autoridades.
La sentencia final dicta que Oncehuay Culantres deberá permanecer en prisión hasta junio de 2031, con la obligación de cumplir diversas reglas de conducta post-liberación.




