Norma publicada establece que quejas formales por ebriedad, violencia u otras faltas impedirán la continuidad laboral en 2026
La contratación y renovación de docentes para el año escolar 2026 quedó sujeta a criterios de conducta y aceptación comunitaria, tras la publicación del Decreto Supremo Nº 022-2025-MINEDU el viernes 2 de enero de 2026. La norma fija que las quejas formales por mala conducta, debidamente registradas, impedirán la renovación del contrato y darán lugar a que la plaza sea declarada vacante.
De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 022-2025-MINEDU, emitido en el marco de la Ley Nº 30328, el Ministerio de Educación estableció lineamientos específicos que regulan la permanencia del personal docente, con especial énfasis en las instituciones educativas interculturales bilingües (EIB). Según el texto oficial, uno de los criterios centrales para la renovación es el comportamiento del docente y su relación con la comunidad donde presta servicios.
Según lo señalado en la Cuarta Disposición Complementaria Final del decreto, no podrán acceder a la renovación quienes registren quejas por mala conducta. El documento menciona expresamente situaciones de violencia, uso indebido de recursos públicos y estados de ebriedad como causales que afectan la continuidad laboral. Conforme precisa la norma, estas observaciones deben constar en el libro de actas de la comunidad para tener validez en el proceso administrativo.
El decreto establece que las quejas comunitarias deberán ser comunicadas formalmente a la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) antes de la emisión de la resolución de renovación. De acuerdo con el procedimiento descrito por el Ministerio de Educación, si la comunidad decide no respaldar al docente por las causales previstas, el contrato no se renovará y la plaza será incluida en el siguiente proceso de selección.
En relación con el proceso de contratación docente para 2026, el Ministerio de Educación definió tres fases, según se detalla en el propio decreto. La primera corresponde a la renovación directa de quienes cumplan con los requisitos de desempeño y conducta; la segunda se realizará en función de los puntajes obtenidos en la Prueba Nacional; y la tercera etapa estará basada en la evaluación de expedientes, conforme a los lineamientos vigentes.
Finalmente, el Decreto Supremo Nº 022-2025-MINEDU dispone que las UGEL deberán ejecutar acciones de control posterior dentro de un plazo máximo de 90 días después de la firma de los contratos. Según indica la norma, si en estas verificaciones se detectan irregularidades o información falsa, se procederá a la resolución de los contratos y a la aplicación de sanciones administrativas, con el objetivo de resguardar la integridad del servicio educativo, especialmente en las zonas rurales y bilingües del país.










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