La Sala Mixta Descentralizada Supraprovincial confirmó, por unanimidad, la sentencia de cadena perpetua impuesta a Freddy Guerra, de 64 años, por los delitos de violación sexual de menor de edad y tocamientos indebidos. La decisión se produjo después de que la Fiscalía Superior Mixta defendiera la condena emitida en primera instancia. El fallo mantiene la máxima sanción penal contra el sentenciado por la agresión cometida contra una menor de su entorno familiar. Debido a la edad de la víctima y a la naturaleza del delito, su identidad y cualquier información que permita reconocerla deben permanecer estrictamente protegidas. Testimonio y pericias respaldaron la condena Durante la audiencia de segunda instancia, el fiscal adjunto superior Inti Tadeo Sotelo Montes sustentó la posición del Ministerio Público y defendió la validez de los elementos probatorios presentados en el proceso. Entre ellos destacó el testimonio de la víctima recogido en Cámara Gesell, cuya versión fue considerada coherente y persistente. La declaración también fue corroborada, según la Fiscalía, mediante el certificado médico legal y las pericias psicológicas oficiales. Estos elementos fueron expuestos ante la sala para responder al recurso y sostener la responsabilidad penal establecida inicialmente por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial. Los hechos juzgados comenzaron en 2016, cuando la víctima tenía siete años. De acuerdo con la sentencia, el condenado aprovechó el vínculo de confianza familiar para trasladarla hasta un inmueble donde cometió la agresión sexual. Posteriormente, los tocamientos indebidos continuaron de forma reiterada en inmuebles familiares hasta enero de 2023, cuando la adolescente tenía 14 años. Sentencia establece reparación e inhabilitación definitiva El proceso fue sustentado inicialmente por la fiscal adjunta provincial Ruth Deysi Fretel Berrospi, de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Leoncio Prado. Su actuación permitió obtener la condena de primera instancia que posteriormente fue revisada y confirmada por el tribunal superior. Además de la cadena perpetua, la sentencia establece el pago de S/40 000 por concepto de reparación civil a favor de la víctima. También dispone la inhabilitación definitiva del condenado para ejercer funciones docentes o administrativas en instituciones educativas y la continuidad del tratamiento psicológico integral ordenado dentro del proceso. La resolución adoptada por unanimidad corresponde a la segunda instancia judicial y mantiene todos los extremos de la condena. La sala no impuso otra condena, sino que ratificó la sanción dictada previamente por el colegiado penal. La ejecución de las disposiciones deberá garantizar la reparación establecida y la protección permanente de la víctima, evitando cualquier forma de exposición o revictimización.
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