El Poder Judicial condenó a Pier Santamaría a siete años de prisión efectiva por realizar tocamientos indebidos a su exconviviente sin su consentimiento. Asimismo, dispuso su ubicación y captura inmediata en todo el país para su internamiento en un establecimiento penitenciario. La sentencia fue obtenida por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Leoncio Prado, dirigida por la fiscal Elia Garay Bacilio. El Ministerio Público acreditó la responsabilidad del procesado por el delito contra la libertad sexual, en la modalidad de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos sin consentimiento, con agravante. El hecho ocurrió aproximadamente a las 4:50 de la madrugada del 12 de octubre de 2020, dentro de una vivienda del caserío Ricardo Palma, en el distrito de Luyando. Según la investigación, Santamaría ingresó repentinamente a la habitación donde dormía la agraviada, de quien estaba separado desde hacía tres años. Luego de levantar el mosquitero, efectuó tocamientos en las partes íntimas de la mujer por encima de su ropa. Al ser descubierto, afirmó que únicamente pretendía despertarla para que preparara alimentos y posteriormente abandonó el lugar. La víctima denunció lo sucedido ante la Depincri de Tingo María. Durante el juicio, la Fiscalía presentó la declaración anticipada de la agraviada, pericias médico-legales y psicológicas, además del acta de inspección fiscal. Estos elementos permitieron acreditar los hechos y la afectación emocional sufrida por la víctima, identificada con las iniciales Y.R. El juzgado también ordenó que el sentenciado pague 5 mil soles de reparación civil a favor de la agraviada.
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