El Tribunal Supremo confirmó la condena de cuatro años de prisión al futbolista Santi Mina por abusar sexualmente de una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería), donde pernoctaba y viajaba el jugador con otros amigos.
La Sala de lo Penal desestimó el recurso del futbolista contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que a su vez ratificó la prisión ordenada por la Audiencia de Almería pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización a la víctima.
El alto tribunal también rechazó el recurso de la víctima, que solicitaba que Mina fuese condenado por un delito de agresión sexual con penetración, con una pena de 8 años de prisión y, subsidiariamente, de seis. Asimismo, desestimó la petición de condenar como cooperador necesario o, subsidiariamente, como cómplice del delito sexual al otro acusado, que fue absuelto.
El fallo del Supremo: sin consentimiento y sin error
En su sentencia, el Supremo señala que "el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza".
La Sala deja claro que no existe ningún elemento que permita afirmar que el jugador recibió un consentimiento que interpretó de forma equivocada. "No incorpora dato alguno que refleje que Santiago Mina interpretara erróneamente una manifestación de anuencia, ni permite deducir necesariamente esa falsa representación de las circunstancias declaradas probadas", recoge el fallo.
"Sí puede atenderse, por resultar asumido expresamente por la Audiencia, a que el acusado cesó cuando la perjudicada le pidió que parara. Pero, como ya se ha expuesto, ese hecho acredita el momento en que finalizó la actuación y explica que el Tribunal descartara la utilización de violencia o intimidación; no establece que la mujer hubiera consentido previamente ni que el acusado creyera que lo hacía", concluyen los magistrados.
Contexto del caso y situación del futbolista
El Celta de Vigo, último club del jugador, extinguió "unilateralmente" el contrato de Mina en agosto de 2023, cuando el TSJA ratificó la condena de la Audiencia almeriense. Al futbolista le quedaban dos años de vinculación con la entidad gallega.
La resolución del Supremo agota la vía judicial ordinaria y confirma la pena de prisión, aunque el condenado aún podría evaluar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. La sentencia mantiene los hechos probados y la calificación jurídica de abuso sexual, sin violencia ni intimidación, tal como estableció la Audiencia de Almería.










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