La batalla legal en torno a la **libertad de expresión** en el ámbito laboral tecnológico ha tomado un nuevo giro. Meta, la gigante tecnológica, ha logrado una victoria judicial preliminar contra una exempleada que publicó un libro de memorias explosivo, desencadenando un debate sobre los límites de los acuerdos de confidencialidad y la protección de denunciantes. La controversia se centra en las acusaciones de acoso sexual y conducta inapropiada dentro de la empresa, vertidas por la autora en su obra.
Según la investigación publicada por The New York Times, un árbitro ha prohibido temporalmente a Sarah Wynn-Williams promocionar o distribuir copias de su libro, “Careless People: A Cautionary Tale of Power, Greed, and Lost Idealism”. La decisión surge tras una denuncia de Meta, que argumenta que el libro viola un acuerdo de no menosprecio firmado por Wynn-Williams durante su empleo como responsable de asuntos globales.
En una audiencia de emergencia celebrada el miércoles, el árbitro Nicholas Gowen determinó que Meta había presentado pruebas suficientes que sugerían una posible violación del contrato por parte de la autora, según un documento legal divulgado por la compañía. Ahora, ambas partes se someterán a un proceso de arbitraje privado para resolver la disputa. Además de la suspensión de la promoción y venta del libro, Wynn-Williams debe abstenerse de realizar o “amplificar cualquier comentario despectivo, crítico o perjudicial”, según el documento legal. También se le exige retractarse de todos los comentarios negativos previos “en la medida en que esté bajo su control”.
No obstante, la resolución parece no afectar a la editorial Flatiron Books, ni a su empresa matriz, Macmillan, permitiéndoles continuar con la publicación del libro. La respuesta de Meta a las acusaciones ha sido contundente, negando vehementemente su veracidad. Andy Stone, portavoz de Meta, declaró que el libro es una “mezcla de afirmaciones obsoletas y previamente informadas sobre la compañía, junto con acusaciones falsas sobre nuestros ejecutivos”. Stone añadió que Wynn-Williams fue despedida con causa justificada y que una investigación interna determinó que “ella hizo acusaciones de acoso engañosas e infundadas”.
La decisión de Meta de hacer público el expediente de arbitraje representa una de las respuestas más enérgicas de la compañía a las memorias reveladoras de un antiguo empleado. En el pasado, otras empresas tecnológicas también se han enfrentado a situaciones similares, generando debates sobre la ética de los acuerdos de confidencialidad y el derecho a denunciar irregularidades. En este sentido, es importante recordar que en 2023, la Junta Nacional de Relaciones Laborales dictaminó que, por lo general, es ilegal que las empresas ofrezcan acuerdos de indemnización que impidan a los trabajadores realizar declaraciones potencialmente despectivas sobre antiguos empleadores, incluyendo la discusión sobre acusaciones de acoso sexual o agresión sexual.
Cabe destacar que, en un informe para los accionistas de Meta en 2022, el consejo de administración de la empresa afirmó que no exigía a los empleados “permanecer en silencio sobre el acoso o la discriminación” y que la compañía “prohíbe estrictamente las represalias contra cualquier personal” por denunciar estos problemas. Asimismo, en 2018, Meta anunció que dejaría de obligar a los empleados a resolver las denuncias de acoso sexual mediante arbitraje privado, siguiendo una postura similar adoptada por Google en aquel momento. Sin embargo, la compañía parece haber retomado el proceso judicial.
El caso de Wynn-Williams plantea interrogantes sobre el equilibrio entre la protección de la reputación corporativa y la libertad de expresión de los empleados. La resolución final del arbitraje podría sentar un precedente importante en la industria tecnológica y definir los límites de los acuerdos de confidencialidad en relación con las denuncias de acoso y otras irregularidades.



