Además de incluir la provincia de Huánuco, el Ejecutivo prorrogó el estado de emergencia en cinco distritos de Puerto Inca; por un lapso de 60 días calendario a partir del 30 de septiembre. La medida corresponde a los distritos de Puerto Inca, Tournavista, Yuyapichis, Codo del Pozuzo y Honoria.
Igualmente, la extensión de medida aplica en los distritos de Constitución, Palcazú y Puerto Bermúdez de la provincia de Oxapampa; Departamento de Pasco.
El fin es garantizar la sostenibilidad de las operaciones conjuntas en la lucha contra el crimen organizado; este, dedicado al tráfico ilícito de drogas y delitos conexos.
La Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas; precisa el Decreto Supremo N° 158-2020-PCM, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.
Durante la prórroga del estado de emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales, relativos a la libertad y seguridad personales; así como la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito por el territorio nacional. Todo comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
El presente Decreto Supremo es refrendado por Martín Vizcarra, presidente de la República; Walter Martos, presidente del Consejo de Ministros; y Jorge Chávez, ministros de Defensa; César Augusto Gentille, Interior; y Ana Neyra Zegarra, ministra de Justicia y Derechos Humanos.
Lea también:
Prorrogan estado de emergencia nacional y cuarentena focalizada
Cuarentena focalizada en Perú: ¿en qué regiones se mantiene la medida?




