El papa Francisco ha reformado el Libro VI del Código de Derecho Canónico sobre las sanciones penales en la Iglesia (católica) y ha introducido la pederastia como delito contra la dignidad de las personas, informó hoy el Vaticano.
Uno de los puntos clave de esta modificación es la referente a la pederastia como “un delito contra la dignidad humana”.
Así lo especifica el artículo 1398, que dice que “sea castigado con la privación del oficio y con otras justas penas, sin excluir, si el caso lo requiriese, la expulsión del estado clerical, el clérigo” quien “comete un delito contra el sexto mandamiento del Decálogo con un menor o con persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón o a la que el derecho reconoce igual tutela”.
También quien “recluta o induce a un menor, para que se exponga pornográficamente o para participar a exhibiciones pornográficas, tanto verdaderas como simuladas”
Y el que “inmoralmente adquiere, conserva, exhibe o divulga, en cualquier forma, imágenes pornográficas de menores”.
Entrará en vigencia desde le próximo 8 de diciembre
El Libro VI es uno de los siete que forman el Código de Derecho Canónico y su modificación entrará en vigor el 8 de diciembre.
“Para responder adecuadamente a las exigencias de la Iglesia (católica) en todo el mundo resultaba evidente la necesidad de revisar también la disciplina penal promulgada por san Juan Pablo II, el 25 de enero de 1983, con el Código de Derecho Canónico”, explicó el pontífice.
El trabajo de revisión se inició en 2007 con el papa emérito Benedicto XVI y concluye ahora, con un texto que “introduce cambios de diversa índole en el derecho vigente”, en palabras de Francisco.
También se ha mejorado “desde el punto de vista técnico, especialmente en lo que se refiere a aspectos fundamentales del derecho penal”.
Ahora se ofrecen “criterios objetivos en la identificación de la pena más adecuada a aplicar en el caso concreto”, reduciendo la discrecionalidad de la autoridad.
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