Las empresas que manejan habitualmente grandes sumas de efectivo en Europa tendrán que ajustar sus procesos de pago y cumplimiento antes del 10 de julio de 2027, cuando entra en vigor el reglamento 2024/1624 de la Unión Europea contra el blanqueo de capitales. La norma fija un límite máximo de 10.000 euros para los pagos en efectivo en operaciones comerciales, o su equivalente en otra moneda, según el artículo 80 del reglamento.
Hasta ahora la UE no tenía un límite común para el efectivo. Algunos países fijaban topes estrictos y otros apenas los limitaban, una disparidad que, según Bruselas, podía aprovecharse para delinquir. El paquete de medidas fue adoptado en mayo de 2024 y es directamente aplicable, por lo que los gobiernos no necesitan aprobar leyes propias para que el límite surta efecto.
Qué alcanza el nuevo tope y qué queda fuera
La restricción recae sobre cualquier persona que comercie con bienes o preste servicios: solo podrá aceptar o realizar pagos en efectivo por un importe máximo de 10.000 euros. El límite se aplica tanto si la operación se paga de una vez como si se fragmenta en varias entregas que parezcan vinculadas. El reglamento pone como ejemplo la compra de un mueble de 14.000 euros con dos pagos de 7.000 euros en efectivo en días distintos: las autoridades podrían tratarlo como una sola transacción y considerarlo infracción.
Quedan fuera los pagos entre particulares en los que ninguna de las partes actúe como profesional. También están exentos los pagos o depósitos realizados en un banco, emisores de dinero electrónico y proveedores de servicios de pago, de modo que un depósito en efectivo superior a ese monto en ventanilla bancaria no estaría prohibido. Para las transacciones en efectivo de 3.000 euros o más, las empresas cubiertas por las normas antiblanqueo están obligadas a identificar al cliente.
Los Estados pueden endurecer el límite
El tope de 10.000 euros es un máximo, no un mínimo. Los Estados miembros pueden establecer límites inferiores, previa consulta al Banco Central Europeo, y deben notificarlo a la Comisión en un plazo de tres meses desde su introducción. Los límites nacionales que ya estén por debajo de esa cifra siguen aplicándose sin cambios.
Ese es el caso de España, cuya Ley 11/2021, publicada en el BOE, prohíbe los pagos de 1.000 euros o más en efectivo cuando una de las partes es empresario o profesional. El límite se eleva a 10.000 euros para los pagadores que no sean residentes fiscales en España y no actúen profesionalmente, como los turistas. Entre particulares que comercian entre sí, sin profesionales ni bienes inmuebles de por medio, no rige tope alguno en el país.
Como el artículo 80 permite explícitamente que continúen los límites nacionales más bajos, España no tiene necesidad legal de modificar sus normas, por lo que es probable que en el país no cambie nada.
Qué sectores deberán adaptarse
El ajuste será más relevante para los negocios que suelen operar con efectivo por montos altos, como concesionarios de automóviles, joyerías y servicios relacionados con la propiedad. En los países con límites elevados o inexistentes, como Alemania o Austria, el cambio será más significativo que en aquellos que ya restringen el efectivo con topes bajos.
La entrada en vigor está fijada para el 10 de julio de 2027, de modo que las empresas tendrán varios meses para adecuar sus procesos de pago y cumplimiento.









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