Más de 241.559 exaportantes y herederos del Fonavi mantienen un cobro pendiente en el Banco de la Nación, según informó la Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf Perú). La cifra corresponde a beneficiarios que ya figuran en las listas aptas de devolución, pero que aún no se acercaron a retirar su dinero.
El reporte, difundido por la Fenaf Perú y actualizado al 31 de agosto de este año, precisa que 153.976 beneficiarios pertenecen a los grupos de reintegro del 1 al 5, mientras que otros 87.583 integran las listas de pago del 1 al 22. Estas cifras no incluyen a los exaportantes que todavía no fueron incorporados a algún padrón de devolución.
"La Fenaf Perú pone en conocimiento de todos los fonavistas a nivel nacional el estado actual del proceso de devolución. Según los últimos reportes oficiales al 31 de agosto de 2026, una gran cantidad de beneficiarios que ya figuran en las listas aptas aún no se han acercado a cobrar su dinero en el Banco de la Nación. ¡Hacemos un llamado urgente a verificar sus nombres y hacer efectivo su cobro!", avisan desde la asociación de exfonavistas.
Cómo consultar con el DNI si tienes un cobro pendiente
Los fonavistas pueden verificar de manera gratuita si tienen una devolución disponible en el portal de la Secretaría Técnica del Fonavi: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic3/. El trámite requiere seleccionar el tipo de documento (DNI, carné de extranjería, libreta electoral o carné de fuerzas policiales o armadas), digitar el número, ingresar el código captcha y revisar el resultado de la búsqueda.
La consulta está destinada al titular que realizó los aportes. En el caso de los herederos, la búsqueda debe efectuarse con el DNI del familiar aportante, según precisó la información difundida.
Quienes ya recibieron una devolución anterior pueden revisar si fueron considerados en el Reintegro 5 a través de este enlace: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic2/. Los pagos aprobados se realizan en el Banco de la Nación, donde el beneficiario debe presentar su documento de identidad.
Los avances del proceso de devolución
De acuerdo con los registros difundidos por la Fenaf Perú, 690.861 beneficiarios de los reintegros del 1 al 5 ya retiraron sus fondos, mientras que 1 millón 279.355 personas de las listas de pago del 1 al 22 también cobraron. En total, 241.559 fonavistas permanecen con montos aprobados sin retirar.
En el caso del Reintegro 6, todavía pendiente de definición por la Comisión Ad Hoc, la información difundida señala que se prevé pagar a 80 mil beneficiarios, entre exaportantes vivos y herederos. Para asegurar ese pago se calculan necesarios más de S/200 millones, aunque actualmente hay disponibles S/118 millones 204 mil 5,96. La fecha tentativa estaría alrededor de octubre y el grupo abarcaría a exaportantes vivos de 66 o 67 años a más, y a fallecidos de 86 o 87 años a más.
Requisitos para herederos
Los herederos de fonavistas fallecidos que acudan al Banco de la Nación deben identificarse con su DNI y presentar la Declaración Jurada de Beneficiario de Fonavista Fallecido, en la que manifiesten tener esa condición y no conocer a terceros con mayor o igual prioridad para solicitar el pago.
Para acreditarse como herederos, la información difundida señala que se debe llamar a la central telefónica del Fonavi (640-8655), ingresar a la página web www.fonavi-st.gob.pe o acudir a los módulos Mejor Atención al Ciudadano (MAC). En caso de que el aportante no figure en un grupo de pago del padrón, no se podrá realizar el trámite de acreditación.
Según la información difundida, también se debe adjuntar la copia certificada de la partida o acta de defunción del aportante, con no más de 30 días calendario de haber sido expedida. La declaración jurada debe estar completa, firmada y con huella dactilar del que la suscribe.
Para beneficios menores o iguales a 4 UIT (S/22.000), se exige copia certificada de la partida o acta de matrimonio en caso de viudo(a); certificado actualizado de inscripción en el registro de personas naturales que conste la unión de hecho, emitido por la Sunarp, para convivientes; o copia certificada de la partida o acta de nacimiento para hijos, entre otros supuestos. En el caso de hijos con discapacidad total permanente, se suma la copia certificada o legalizada del documento que acredite la discapacidad emitida por el Conadis.









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