En conferencia de prensa convocada por el Sindicato Único de Docentes de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, se informó la presentación de un recurso de amparo ante la Corte Superior de Justicia de Huánuco por las ilegalidades cometidas en la resolución n.° 029 que cesa a los 26 docentes universitarios mayores de 70 años. Asimismo se comunicó que, con fecha 27 de enero, se presentó ante el rector de la universidad, un recurso de reconsideración con la finalidad que la autoridad universitaria recapacite y rectifique errores incurridos.
La resolución y las ilegalidades
En la conferencia se explicó que son varias las ilegalidades incurridas en la resolución, las cuales fueron explicadas por el abogado Jorge Espinoza Egoavil:
– Lo ordenado por el artículo 84 de la Ley n.° 30220 Ley Universitaria, deviene en inaplicable porque colisiona con la Ley n.° 30490 Ley de la Persona Adulta Mayor. Mientras en la Ley Universitaria se indica que debe cesar a partir de cumplir los 70 años y en la Ley del Adulto Mayor en el artículo 5, inciso b, se reconoce el derecho a la no discriminación por razones de edad y a no ser sujeto de imagen peyorativa. En consecuencia, al considerarse ambas normas como leyes generales que tienen el mismo rango normativo, su aplicación con la resolución emitida deviene en inaplicable e inconstitucional.
– La resolución emitida por las autoridades universitarias es ilegal al amparase en un estatuto que aún no tiene la sentencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema, hasta donde acudieron en Recurso de Acción Popular los que hoy ostentan el gobierno de la Unheval.
– La resolución también debe considerarse nula de pleno derecho porque no incluye los fundamentos propios como se ordena en la Ley Procesal, y, ante la ausencia de los fundamentos propios en esta resolución, debe ser declarada nula de pleno derecho.
– Asimismo fundamentan que se les cesó con fecha 30 de enero, cortándoles el derecho a vacaciones por haber laborado el año lectivo 2016 que concluyó en la referida fecha.
– Además se señala que la resolución incumple la misma Ley Universitaria que condiciona el cese de los docentes mayores de 70 años a la reglamentación y designación de una comisión designada en las mismas facultades.
Presentarán acción de amparo
Por su lado, el abogado Alirio Yépez Solís indicó que la indicada resolución debe declarse nula porque su naturaleza heteroaplicativa requiere una reglamentación y, por ende, su aplicación no debiera ser de carácter automático como así lo entendieron las autoridades universitarias que firmaron la resolución, razonamiento por lo cual presentarán una acción de amparo al que se sumarán los considerandos expuestos en el recurso de reconsideración. Fundamentó que apela al Poder Judicial porque la acción de amparo es resuelta en plazos más cortos. “Los jueces tienen mayor conocimiento del derecho”, concluyó.



