JNE traslada solicitud de vacancia de los 13 regidores al Concejo Provincial de Huánuco

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha ordenado el traslado al Concejo Provincial de Huánuco de una solicitud de vacancia contra trece regidores, presentada por el ciudadano Limber Hamilton Rodríguez Jara. El peticionante argumenta que estos regidores habrían incurrido en la causal de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, prohibida por el artículo 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM). Esta norma estipula que los regidores no pueden asumir cargos ejecutivos en la municipalidad, y la transgresión de esta disposición constituye causal de vacancia.

Plazos y Procedimientos

Según lo dispuesto por el JNE, el Concejo Provincial tiene un plazo de cinco días hábiles para convocar a sesión extraordinaria desde que sean notificados. En dicha sesión, deberán abordar la solicitud de vacancia, permitiendo a los regidores afectados presentar su defensa. El plazo máximo para resolver este pedido es de 30 días hábiles.

Además, el quorum requerido para la sesión es de la mitad más uno de los miembros hábiles. La decisión final, ya sea a favor o en contra de la vacancia, deberá formalizarse mediante un acuerdo del concejo.

Obligaciones del Concejo y Consecuencias

El JNE también exige al gerente municipal notificar inmediatamente a los regidores involucrados y remitir las constancias de notificación al Jurado. En caso de inacción o incumplimiento de los plazos, se prevén medidas administrativas y se podrían derivar los actuados al Ministerio Público para la evaluación de posibles responsabilidades legales.

Asimismo, si la vacancia es declarada, el acuerdo será susceptible de apelación ante el JNE, quien tendrá la última palabra en el caso. En paralelo, cualquier recurso interpuesto deberá estar debidamente fundamentado y acompañado de las tasas correspondientes, según la normativa electoral vigente.

Transparencia en el Proceso

El procedimiento será estrictamente monitoreado bajo las disposiciones legales establecidas en la LOM y el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. El JNE asegura que todas las notificaciones se realizarán mediante la casilla electrónica institucional, garantizando así la transparencia y la formalidad del proceso.