Con una medida cautelar otorgada a la discoteca El Kilombo, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) está boicoteando la ejecución de la Ordenanza Municipal n.° 005-2016 que contempla el Plan Ciudad Segura y Saludable, que inició la Municipalidad de Huánuco para regular el horario de venta de licores con el fin de reducir la delincuencia e inseguridad en la ciudad.
Con los operativos que inició la MP-Hco. para vigilar la venta de licores hasta las 3 de la madrugada, la empresa Kilombo Huánuco EIRL. recurrió a Indecopi argumentando que la restricción del horario estaba vulnerando sus intereses económicos y su derecho al trabajo, y solicitó una medida cautelar contra el plan. La discoteca adujo que la ordenanza estaba creando “una barrera burocrática ilegal, carente de razonabilidad consistente en la restricción horaria para venta y expendio de bebidas alcohólicas”.
Sin considerar que este plan es una estrategia para mejorar la seguridad ciudadana y que la comuna tiene facultad para ordenar el comercio en la ciudad, con Resolución n.° 581-2016, la Oficina Regional Junín de Indecopi, admitió la medida cautelar protegiendo al Kilombo del conocido como “Plan Zanahoria”.
En la resolución, Indecopi refiere que luego de revisar el artículo 5 de la ordenanza “se verificó que la Municipalidad no justificó el motivo en específico de la imposición de límites horarios para el funcionamiento de discotecas, ni tampoco explica en mérito a qué se habría optado por el horario prescrito ahora en la ordenanza en cuestión”.
Indecopi, aunque reconoce que la regulación de horarios de funcionamiento está reconocido a las municipalidades por sentencia del Tribunal Constitucional. “En el presente caso, la denunciante (Kilombo) cuestiona la legalidad de la ordenanza y los actos administrativos emitidos por la Municipalidad, toda vez que su licencia de funcionamiento fue emitida sin ninguna restricción”, menciona parte de la resolución.
“La Comisión considera que la medida cautelar debe proteger el derecho a la libertad de empresa que posee la denunciante (Kilombo) de ejercer su actividad económica siempre que no lesione a la moral, a la salud pública y a la seguridad pública…”, dio cuenta Indecopi en su resolución.



