A 8 días de las elecciones, el Jurado Especial Elecciones (JEE) excluyó al candidato Emel Rufino Ponce Orbezo, quien venía postulando a la alcaldía del distrito de Conchamarca (Ambo) por el partido político Avanza País.
Mediante el expediente n° 2022042389, el JEE sacó de carrera a Ponce Orbezo por haber omitido información en su declaración jurada, ya que señaló no tener sentencias o procesos judiciales en su contra, lo cual resultó siendo falso.
El pasado 15 de septiembre, el ciudadano Alfredo Teodoro Contreras Mallki denunció que el candidato de Avanza País cuenta con una sentencia por el delito de Peculado doloso, lo cual no habría sido declarado oportunamente.
El JEE estableció que conforme a lo señalado por el Tribunal Constitucional, en la sentencia recaída en el Expediente N° 0030-2005-PI-TC, del 2 de febrero del 2006, el artículo 31º de la Constitución Política prescribe el derecho ciudadano a ser elegido representante.
“La denuncia presentada por Contreras Mallki, quien remitió copias certificadas del Acta de Registro de Audiencia de Juicio Oral, de fecha 16 de julio de 2019, expedido por el Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Ucayali — Contamana, fue corroborada por la señora juez del Juzgado Mixto”, mencionó el JEE.
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Resaltó que el derecho a ser elegido no es un derecho absoluto, pues deben observarse los parámetros establecidos para su ejercicio que se encuentran determinados en las normas electorales.
“En algunos casos limitan y/o restringen la participación política de quienes aspiran ser elegidos a un cargo de elección popular, en concordancia con el fundamento 104 y 106 de la Opinión Consultiva OC-28/21, de fecha 07 de junio de 2021, expedida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, resaltó el JEE.




