Por Belén Sanz Luque
“Las mujeres no sirven para gobernar”, “Ninguna vieja más en el poder”, “Es tiempo de los hombres. Fuera Ruperta”, se leyó en bardas del municipio Iliatenco en el estado mexicano de Guerrero a seis días de las elecciones de 2021 en México. Ser mujer y postularse a una candidatura para la presidencia municipal fue suficiente para violentar a Ruperta Nicolás, indígena de 38 años y candidata del partido Movimiento Ciudadano, quien perdió contra Erick Sandro Leal, del Partido del Trabajo.
Su apelación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), máxima instancia de justicia electoral en México, concluyó en una sentencia histórica en la que por vez primera se anuló una elección debido a actos de violencia política contra las mujeres en razón de género.
En su resolución, el TEPJF señaló que la pinta de bardas con mensajes estereotipados de género que hacían referencia a la incapacidad de las mujeres para gobernar y ocupar puestos de poder, tuvo un impacto negativo en el ejercicio de los derechos político-electorales de Ruperta Nicolás, afectando su imagen ante el electorado para impedirle así ocupar un cargo de elección popular.
Este hecho marca un hito, pero ya en los últimos años México había dado pasos acelerados para incrementar la representación de las mujeres en la vida pública y política: con la reforma constitucional de 2014, que incorporó el principio de democracia paritaria; en 2019, con el principio constitucional de paridad de género en todos los poderes y niveles del Estado mexicano; y en 2020, con las reformas a ocho leyes de carácter nacional para definir y regular la violencia contra las mujeres en el ámbito político. Según hemos documentado desde ONU Mujeres, dicha violencia representa uno de los mayores obstáculos para que las mujeres accedan y ejerzan cargos públicos.
De acuerdo con cifras del Instituto Nacional Electoral, en el marco del proceso electoral 2020-2021 se presentaron 147 quejas por actos de violencia política en razón de género, aunque otros datos, como los compilados por la consultora Etellekt, reflejan que durante dicho período se registraron 954 víctimas de violencia política, de las cuales 343 eran mujeres, incluyendo el lamentable asesinato de 15 de ellas, siete aspirantes y candidatas.
Con este tipo de datos y experiencias, sabemos que la representación paritaria de las mujeres en la política no solo constituye un derecho fundamental, sino que además fortalece la democracia.
Adicional a las reformas legales, el incremento en la participación política de las mujeres ha sido acelerado por medidas implementadas y ordenadas por las autoridades electorales, tanto administrativas como jurisdiccionales, para garantizar un incremento en la representación legislativa de mujeres indígenas, afrodescendientes, migrantes, con discapacidad e integrantes de la comunidad LGBT+, así como para asegurar candidaturas paritarias para las gubernaturas de los Estados, lo que se tradujo en el mayor número de candidatas y mujeres electas como gobernadoras en la historia del país.
La violencia política en razón de género, como ha sido definida en la legislación mexicana, refiere a toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado: limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres.
En este contexto, la reciente sentencia adoptada por el TEPJF es de gran relevancia por varios motivos: reivindica las voces y exigencias de mujeres que han denunciado estos actos de violencia en deterioro de su derecho a participar en la vida política de sus comunidades y de su país, actos que a algunas les ha costado la vida. Sienta un precedente en materia de justicia electoral a nivel regional. Y servirá como caso icónico y ejemplar que puede llegar a desincentivar futuras expresiones de violencia contra las mujeres en política.
Hoy, México es un referente clave en cuanto a la construcción de democracias paritarias, es el cuarto país en el mundo con paridad parlamentaria.
Las autoridades, desde el poder Judicial hasta el sector de la seguridad, están llevando a cabo medidas para incrementar la representación de las mujeres en sus instituciones, incluyendo convocatorias y procesos de ascenso, para eliminar las brechas que históricamente han enfrentado para ocupar cargos públicos de toma de decisión. Todo lo anterior nos inspira y lleva a concluir que es posible alcanzar esta importante meta de la agenda de desarrollo sostenible.
Sin embargo, prevalecen obstáculos para que las mujeres ocupen puestos de liderazgo, particularmente en el ámbito local en igualdad de condiciones y libres de discriminación.
Como lo esclarece el caso de Ruperta Nicolás, uno de los principales obstáculos para la democracia paritaria es, precisamente, la violencia contra las mujeres en el ámbito político. Por ello, las reformas reseñadas, y ahora la sentencia del TEPJF, se convierten en medidas transformadoras para que más mujeres participen en la vida política y que México pueda consolidar una democracia paritaria, en la que todas las personas tengan las mismas posibilidades para construir un futuro sostenible, justo e incluyente, en el que nadie se quede ni fuera ni atrás.




