El Congreso de la República aprobó por unanimidad la ley que establece la licencia por fallecimiento de familiares para los trabajadores del sector privado.
Se trata del proyecto de ley n° 1340, con texto sustitutorio. De acuerdo con el texto, la licencia por fallecimiento de cónyuge, padres, hijos y hermanos se otorgará al trabajador por el plazo de cinco días calendario.
La ley indica que cuando el deceso se produzca en un lugar geográfico diferente de donde se ubica el centro de labores, la licencia se extenderá en función a la distancia, según lo establezca el reglamento.
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Cabe destacar que la norma busca poner en igualdad de condiciones a los trabajadores del sector privado y público, quienes sí cuentan con la posibilidad de acceder a esta licencia, señaló Sigrid Bazán, presidenta de la Comisión de Trabajo del Parlamento.