TC podría liberar a Alberto Fujimori al anular fallo contra el indulto

Ayer por la mañana, y de un momento a otro, el magistrado Ernesto Blume logró que se incluya en la agenda que hoy verá el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) el hábeas corpus contra la sentencia que anuló el indulto humanitario al condenado Alberto Fujimori.

Fuentes del ente constitucional señalaron que el proyecto de resolución de Blume propone declarar fundada la demanda, y con el respaldo de José Luis Sardón y Augusto Ferrero, actual presidente del colegiado, habría un empate 3-3. El voto dirimente de Ferrero inclinaría la balanza y permitiría la salida del exmandatario, que purga 25 años de prisión por los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta.

El ex defensor del Pueblo Walter Albán recordó que la Corte IDH en su resolución de cumplimiento se pronunció sobre este indulto, señalando que el sistema judicial interno tendría que pronunciarse sobre la legalidad o no del beneficio que en Navidad del 2017 otorgó el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski, en medio de un proceso de vacancia.

“Si el TC fuerza la situación para anular la decisión de la Corte Suprema, estaría consumando esta arbitrariedad. Estamos ante un caso que pone en evidencia que muchas veces se utilizan las normas y la pretendida interpretación para torcer algo. En ese sentido, el Tribunal se estaría prestando a hacer algo que no es correcto”, comentó.

Tribunal Constitucional podría anular fallo que invalidó indulto a Fujimori

Para el indulto a Fujimori se debe tener en cuenta lo que dice la jurisdicción internacional en el caso Barrios Altos, La Cantuta y las sentencias del TC, que declararon responsable al Perú, y se ordenó que se investiguen los hechos.

En su jurisprudencia, la Corte IDH estableció que conceder indultos, gracias presidenciales, amnistías e instituciones como la prescripción u otros beneficios podrían constituirse en una forma de impunidad.

Cabe recordar que el TC en su sentencia Exp. N° 0027-2010-PI/TC señaló que existen ciertos actos delictivos que alcanzan tal nivel de violación de la dignidad del ser humano que, en abstracto, la posibilidad de adoptar medidas que impidan la efectiva sanción se encuentra proscrita; por lo tanto, no pueden aplicarse cuando se trate de crímenes de lesa humanidad.

Asimismo, en las sentencias N° 4053-2007-PHC/TC, 03660-2010-PHC/TC y 0012-2010-PI/TC, el colegiado estableció que el indulto debe cumplir con la debida motivación exigida a cualquier acto administrativo. Además, dice que merece una mayor rigurosidad en cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado, por lo que debe incorporar en su análisis los tratados internacionales en materia de derechos humanos.

Para el caso de Fujimori, al anular el indulto, la Corte Suprema estableció que no hubo una adecuada motivación, no era un enfermo en una situación extrema, no se evalúo si podía recibir una atención alternativa y celeridad en los procedimientos.