“Denuncia actos de corrupción o falta de ética de algún funcionario público”
Por: Jorge Dávila Chumpitazi
Actualmente, la ciudadanía tiene un sentimiento de animadversión frente al Estado peruano, y esta se agudiza por la coyuntura social actual. En esa línea, hay ocasiones en que presenciamos dichos actos de corrupción, o somos maltratados (contraviniendo la ética del funcionario público) en nuestras gestiones administrativas de una entidad, y muchas veces no sabemos qué hacer, pues las denuncias son engorrosas y se necesita de un abogado. Ante esto, existe una opción.
La Ley N.° 30506, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción (…) publicada el 9 de octubre de 2016 (hace ya bastante tiempo), establece en su artículo 2.3 inciso b): aprobar medidas orientadas a la lucha contra la corrupción proveniente de cualquier persona, incluyendo medidas para facilitar la participación de los ciudadanos mediante mecanismos que permitan la oportuna y eficaz recepción de denuncias sobre actos de corrupción, (…). Complementado con el Decreto Legislativo N.º 1327, establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.
Con motivo de ello, se tiene la Plataforma de Denuncias Ciudadanas, habilitada por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), o de manera presencial o en línea, en la entidad que quieres denunciar. Contiene situaciones que vayan en contra de la ley y la ética, tales como: a) Apropiación o uso indebido de recursos o bienes del Estado: cuando personal de la entidad se adueña o usa, para su beneficio o el de otras personas, dinero o bienes que le confiaron por su cargo. b) Favorecimiento o ventajas indebidas: cuando personal de la entidad usa su cargo para favorecer irregularmente a alguien, u obtener beneficio propio o de otras personas (incluye soborno). c) Invocación de influencias en el Estado: cuando personal de la entidad menciona o finge tener influencias en el sector público a cambio de donativos, promesas, ventajas u otros beneficios. d) Contratación pública irregular: cuando personal de la entidad viola alguna norma de contratación de bienes, servicios u obras con el Estado, a cambio de un beneficio económico, no económico o ventaja. e) Irregularidades en el proceso de vacunación contra la COVID-19: cuando personal de la entidad perjudica el proceso de vacunación, busca su beneficio o el de otras personas, o usa vacunas contra la COVID-19 indebidamente. f) Otros: cualquier acto contrario a la Ley del Código de Ética de la Función Pública o tipificado en el Capítulo II del Título XVIII del Código Penal. Por ejemplo: cuando personal de la entidad hace mal uso de información privilegiada, o exige contribuciones no debidas o que exceden la tarifa legal.
Pero, siempre existirá temor de denunciar estos actos de corrupción por posibles represalias, y es aquí la buena noticia para la ciudadanía, pues se puede realizar de manera anónima, siendo una opción de poder hacerla de manera pública.
¿Cuánto demora este procedimiento de denuncia? Lamentablemente, no existen plazos establecidos, se deja a la libre discrecionalidad, teniendo como parámetro la complejidad del caso.
¿Qué requisitos se necesitan para realizar la denuncia? Tenemos: a) Documento de identidad. b) Correo electrónico y número telefónico. c) Si la denuncia es como persona jurídica, número de RUC. d) Documentación original o copia simple que sustente tu denuncia. También puedes precisar la unidad o dependencia donde se efectuó el hecho. f) Firma o huella digital (en caso de no poder firmar o estar impedido de hacerlo).
El poder realizar esta denuncia de manera virtual (digital) es una facilidad y oportunidad para que todo ciudadano honesto pueda ejercer su derecho de participación y fiscalización frente a la entidad del Estado que cometa actos de corrupción. El portal GOB.PE indica que en el servicio se debe señalar la entidad pública donde se cometió el presunto acto de corrupción. Incluye la fecha de lo ocurrido, hasta dos motivos de tu denuncia y describe los hechos del modo más detallado posible. Asimismo, indica si deseas hacerla de forma anónima o identificándote. El sistema te asignará un código para que puedas darle seguimiento a tu trámite. Ten en cuenta que solo si eliges identificarte, podrás pedir medidas de protección laboral o en un proceso de contratación pública (como postor o contratista). La oficina de integridad de la entidad denunciada podrá contactarte para notificarte su avance o pedirte más información. El tiempo de respuesta puede variar dependiendo de la institución.
Es preciso decir que debemos ser responsables con este tipo de actuaciones (denuncias) porque, en razón de que el D.L. N.º 1327 en su artículo 14 dice: “Denuncia de mala fe: los denunciantes y testigos que denuncien actos de corrupción de mala fe, conforme a los supuestos establecidos en el artículo 4.5 del presente Decreto Legislativo, son excluidos inmediatamente de las medidas de protección otorgadas, sin perjuicio de las responsabilidades de naturaleza civil, penal y administrativa a que hubiese lugar”.
El link de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano es el siguiente: https://denuncias.servicios.gob.pe/ Tal vez esta herramienta no sea la solución perfecta contra actos de corrupción que cometen los funcionarios públicos en diversas entidades que tiene el Estado peruano, pero es un paso más en la lucha contra la corrupción.
Hay mucho por hacer. Recuerden: si no somos parte de la solución, siempre seremos parte del problema. Nos vemos en quince días.




