Cristian Mava Tapia, subgerente de Gestión Ambiental, informó que realizan inspecciones a locales y establecimientos con el fin de evitar la contaminación sonora y verificar que se cumpla con la adecuada prestación de servicio.
“Tenemos un sonómetro calibrado y ciertos procedimientos cuando hacemos la evaluación, ya que el mismo ruido del tránsito vehicular aumenta la medición”.
Indicó que en las zonas comerciales el ruido debe ser de máximo 70 decibeles, mientras que en las discotecas un promedio de 120 decibeles.
“Si es una zona comercial y supera los 70 decibeles ya el administrador está sujeto a una sanción y se procede a poner la multa”.
Señaló que principalmente las panaderías y donde expenden gaseosas es donde se ve este tipo de infracción.
“En las panaderías sacan sus parlantes y afectan a los vecinos o transeúntes, así como a otros negocios”.
Indicó que desde el 15 de julio existe una ordenanza municipal que establece el cuadro único de infracciones y sanciones administrativas en temas de contaminación ambiental.
Cabe destacar que las principales fuentes generadoras de ruido ambiental son el tránsito vehicular, las actividades industriales, de comercio y de ocio, las empresas y construcciones.
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