¿Qué hay que saber para poder circular en cuarentena?

¿Qué hay que saber para poder circular en cuarentena?

Durante la cuarentena total obligatoria, solo podrán salir de su domicilio las personas que trabajen en actividades consideradas esenciales y tramiten un pase laboral, así como las que realicen ciertas actividades permitidas.

Está permitido que salgas de tu domicilio, sin requerir un pase laboral, en los siguientes casos:

Peatones:

-Salir durante una hora como máximo a lugares cercanos al domicilio, entre las entre las 6 de la mañana y las 6 de la tarde. Debes portar tu DNI para demostrar que estás cerca a tu hogar.

-Sacar a tu mascota cerca a tu domicilio.

-Trasladar personas o mascotas por una emergencia o urgencia médica.

-Acudir a una cita programada, control o chequeo médico en un hospital, clínica, policlínico o posta médica autorizada.

-Acudir a un centro veterinario para revisión, control o chequeo médico de tu mascota.

-Ir al centro de abastos, mercado, tienda para hacer compras de primera necesidad (solo 1 persona por familia).

¿Quiénes pueden salir a trabajar durante la cuarentena total obligatoria?

Durante la cuarentena total obligatoria, puede circular el personal que brinda servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a domicilio (Delivery).

También pueden salir a trabajar los que brindan servicios para la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y otras actividades según el nivel de alerta de cada región.

¿Qué requisitos deben cumplir los vehículos de transporte público para circular?

Es obligatorio que la prestación del servicio de transporte público se realice con todas las ventanas abiertas. Además, deben cumplir los protocolos sanitarios, como el uso de la mascarilla, el protector facial y el aforo establecido.

¿Los taxis pueden circular en las regiones con nivel de alerta extremo?

Los taxis autorizados pueden operar las 24 horas del días en las regiones con nivel de alerta extremo.

¿Qué días y a que horas está restringida la circulación de los vehículos particulares?

Hasta el 14 de febrero, está prohibido el uso de vehículos particulares.

¿Qué vehículos particulares sí podrán circular, pese a las restricciones?

Excepcionalmente, podrán circular los vehículos particulares que cuenten con el respectivo pase vehicular, emitido por la autoridad competente.

Solo pueden circular los conductores que trabajen en servicios esenciales establecidos por la ley y que hayan tramitado su pase laboral, el cual deben llevarlo impreso o en versión digital en su celular, para ser mostrado a los agentes de la Policía y las Fuerzas Armadas, si estos lo solicitan.

¿Qué conductores pueden tramitar el pase vehicular?

Solo puedes pedir un pase laboral y vehicular si trabajas en los siguientes rubros:

-Servicios públicos (Salud, agua, saneamiento energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza, tecnología crítica indispensable y servicios funerarios)

-Delivery (Farmacias y restaurantes)

-Farmacéutico (Producción, abastecimiento y venta)

-Servicio técnico y profesional (Técnicos de informática, actividades veterinarias y servicios de gasfitería, jardinería, electricidad, carpintería, reciclaje, lavandería, mantenimiento de artefactos, reparación de equipos, peluquerías y cosmetología, ferreterías y limpieza o asistencia del hogar, entre otros)

-Finanzas (Trabajo en entidades financieras, seguros y pensiones o servicios complementarios)

-Transporte y carga (Transporte de carga y mercancías, mantenimiento de carreteras, atención de emergencias viales, servicios de grúa, ambulancia y auxilio mecánico, actividades de comercio exterior, transporte de pasajeros por carretera interprovincial privado, etc.)

-Vigilancia y seguridad (Servicios de vigilancia y seguridad de empresa privada, y transporte de dinero, valores y caudales)

¿Qué sanción se aplicará a los que circulen con vehículos particulares durante el horario de la inmovilización social sin tener autorización?

Los conductores que circulen con vehículos particulares durante el horario de la inmovilización social serán multados con S/6 540, más la retención de la licencia de conducir y la tarjeta de propiedad hasta que termine el Estado de Emergencia Nacional. Se les sancionará por cometer la infracción M41, que es por infringir las normas sanitarias.

¿Qué pasa si brindo información falsa para tramitar el pase vehicular?

Los conductores que tramiten un pase vehicular, pero laboren en actividades distintas a las señaladas en su solicitud serán sancionados con una multa de S/ 6,450 y se les retendrá la licencia de conducir.

¿Qué pueden hacer los agentes de la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas durante la cuarentena total obligatoria ?

La Policía Nacional del Perú, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, puede practicar las verificaciones e intervenciones de las personas, bienes, vehículos, locales y establecimientos que sean necesarios para comprobar y, en su caso, impedir que se lleven a cabo los servicios y actividades no permitidas.

También pueden verificar, en el ámbito de su competencia, el aforo permitido en los establecimientos comerciales, para evitar aglomeraciones y alteraciones al orden público.

Asimismo, ejercen el control respecto de la limitación del ejercicio de la libertad de tránsito a nivel nacional de las personas, en diversos medios de transporte, como vehículos particulares, transporte público, medios acuáticos, entre otros.

La ciudadanía, así como las autoridades nacionales, regionales y locales tienen el deber de colaborar con las autoridades policiales y militares en el ejercicio de sus funciones.

¿Qué sanciones se aplicarán a los que infrinjan las disposiciones sanitarias y no paguen las multas que les impongan?

Los infractores a las disposiciones sanitarias y las relativas al estado de emergencia nacional, que no hayan cumplido con pagar la multa impuesta por las infracciones cometidas durante el estado de emergencia nacional y demás normas emitidas para proteger la vida y la salud de la población por el contagio de la COVID-19, estarán impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado; así como, de ser beneficiarios de cualquier programa estatal de apoyo económico, alimentario y sanitario, salvo que exista causa justificada en cualquiera de los casos; supuestos en los cuales, la autoridad atenderá la solicitud mediante decisión motivada.

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