El presidente del Jurado Electoral Especial (JEE), Jorge Luis Carrillo Rodríguez, informó que la Resolución N.° 0844-2025-JNE establece requisitos y prohibiciones claras para la publicidad estatal, y advirtió que su incumplimiento puede derivar en desaprobaciones inmediatas, procedimientos sancionadores, multas de hasta 30 y 50 UIT e incluso la comunicación de los hechos al Ministerio Público. El anuncio se enmarca en una labor preventiva y orientadora ante el proceso electoral municipal y regional.
Carrillo explicó que el reglamento fija condiciones sobre contenido, plazos y formalidades. Una de las prohibiciones más reiteradas es la inclusión de imágenes o promoción personal de alcaldes y funcionarios en piezas financiadas con recursos públicos. “Afecta la neutralidad”, señaló, recordando que la función estatal no puede utilizarse para posicionamiento individual, especialmente cuando existen autoridades o funcionarios que podrían participar en la contienda electoral.
Desde el 6 de febrero —fecha en que el JEE asumió competencia en neutralidad y publicidad estatal— se han recibido alrededor de 15 solicitudes. Según detalló, cerca del 70% fueron desaprobadas por incumplir requisitos. En casos vinculados a temas de necesidad pública (por ejemplo, defensa civil o programas sociales), el análisis puede priorizar la utilidad del mensaje; sin embargo, la presencia de imágenes o elementos promocionales complica la evaluación.
Plazos, formatos y fiscalización
El titular del JEE precisó que el trámite es de urgencia. Cuando se desaprueba una pieza, se ordena el cese inmediato o se otorga un plazo excepcional de un día para retirarla. De no cumplirse, interviene el fiscalizador; si se verifica el incumplimiento, se abre procedimiento sancionador. Las multas pueden ser elevadas y alcanzan también a los funcionarios o servidores que autorizaron o ejecutaron la publicación.
Asimismo, recordó que si la publicidad se difunde en redes (por ejemplo, en un “feed”), la entidad tiene siete días posteriores a la publicación para comunicarla conforme al reglamento. Hacerlo fuera de plazo genera responsabilidad. El JEE ha remitido oficios múltiples con formatos y lineamientos para evitar observaciones; presentar documentos en formatos distintos puede motivar la no aprobación.
Carrillo enfatizó que la recomendación central es cumplir estrictamente la Resolución N.° 0844-2025-JNE: respetar neutralidad, evitar imágenes y signos que impliquen promoción personal o partidaria, observar plazos y utilizar los formatos establecidos. “Es bajo su responsabilidad”, reiteró, al exhortar a municipalidades y gobiernos regionales a ajustar sus prácticas para prevenir sanciones y garantizar equidad en el proceso electoral.




