Ambo.
Luis Atencia,
corresponsal.
Bajo la advertencia de ser denunciada penalmente por encubrimiento en caso de incumplimiento, el gerente de Constructora Pacífico, Julio César López Godoy, el viernes 13 de mayo solicitó mediante carta notarial dirigida a la alcaldesa Daysi Soto Mory, anular el contrato que su representada firmó el ocho de abril con el Consorcio Huaylla, para la ejecución de la obra de agua y desagüe valorizada en casi siete millones de soles.
Según se desprende del documento, el comité especial habría incurrido en transgresiones a la normatividad de Contrataciones del Estado al quebrantarse el principio de presunción de veracidad durante la suscripción del contrato, al constituir la carta fianza emitida el 31 de marzo de 2016 por el BBVA Continental un documento inexacto que no refleja la realidad de los hechos, al estar garantizando a un cliente distinto al consorcio adjudicatario de la buena pro.
Como se recuerda la Municipalidad Provincial de Ambo adjudicó la buena pro de la obra para la ejecución del proyecto de Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Construcción del Sistema de Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales para las localidades de Huaylla y Huaracalla valorizado en 6 740 192 soles y para la firma del contrato la entidad habría consignado la carta fianza de fiel cumplimiento otorgado a Peña Cervantes Ingenieros SRL más no al consorcio.
Pese a que la alcaldesa Daysi Soto Mory refirió que la carta de fiel cumplimiento otorgado a Peña Cervantes Ingenieros SRL ha sido anulada y que al advertir la entidad de este error, ellos habrían solicitado al consorcio que de inmediato corrija el documento, para López Godoy este acto constituye un hecho insubsanable que conlleva a la nulidad del contrato.
“En una suerte de desesperación y carente de asistencia técnico legal, su despacho aceptó una carta fianza emitida el 03 de mayo de 2016 por el BBVA Continental, fuera del plazo para la firma del contrato, es decir durante la ejecución contractual, inclusive publicándolo en la ficha del SEACE, en el módulo de garantías del contrato. Una carta fianza dentro de la ejecución contractual es decir luego de firmada el contrato, solo cabe las fianzas por adelanto directo y materiales. Sin embargo su despacho ordenó aun cuando no corresponde consignarlo en la ficha SEACE como garantía de fiel cumplimiento, en la fecha posterior a la firma del contrato. Por decir lo menos esta actuación temeraria de su gestión no hace más que confirmar que sí hubo contubernio entre sus funcionarios y el Consorcio Huaylla, toda vez que para que el banco otorgue una nueva carta fianza, su despacho tuvo que devolver el original de la carta fianza al Consorcio, dejando el contrato desamparado de su garantía, actuación que es dolosa, ya que las cartas fianza se sujetan a custodia permanente por la entidad”, refiere en su carta el empresario López Godoy.