La denuncia constitucional contra el presidente Pedro Castillo en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales podría terminar suspendiéndolo o destitución de su cargo, el cual necesitaría al menos 65 votos en el Pleno del Congreso.
Cuya votación podría conseguirse gracias a un eventual apoyo de la bancada de Perú Libre tras haber roto toda relación con el presidente.
Y es que el informe final de la Comisión de Fiscalización, aprobado el jueves de la semana pasada, que recomienda acusar constitucionalmente, abre las puertas a una eventual suspensión, destitución o inhabilitación del mandatario.
El informe final del grupo que preside el congresista de Fuerza Popular, Héctor Ventura, recomienda acusar constitucionalmente al mandatario por los casos Puente Tarata III, injerencias en los ascensos en las Fuerzas Armadas y Sarratea.
Además, plantea remitir a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales la denuncia contra el presidente Castillo por la presunta comisión de los delitos de tráfico de influencias, así como por infracción a los incisos 1, 3, 4 y 8 del artículo 118 de la Constitución.
Fuentes de Fiscalización señalaron a Correo que ya se hicieron las correcciones del texto y que este fue enviado a la Mesa Directiva para que el tema sea agendado en la próxima sesión del Pleno.
Precisamente, el Pleno tiene que aprobar el informe final para tomar acciones. Se necesita la votación de la mitad más uno del número legal de congresistas, es decir, 66.
Si se obtiene un resultado positivo, se presentará una denuncia constitucional contra el presidente Castillo ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC). Desde allí, la denuncia seguirá el proceso regular.
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Es decir, se tendrá que determinar si procede o no la denuncia, otorgar un plazo para hacer la investigación y la elaboración de un informe final.
Ese documento podrá recomendar archivar la denuncia contra el presidente o recomendar alguna sanción.
De elegir el último camino, el documento deberá ser elevado a la Comisión Permanente para su eventual aprobación.
El siguiente paso es que ese informe sea agendado en el Pleno del Congreso para su votación final.
Sin embargo, aunque exista un documento que recomiende suspender, inhabilitar o inhabilitar al presidente Pedro Castillo de su cargo, se necesita su aprobación en el Pleno del Congreso en una sesión.
De acuerdo con el reglamento del Congreso, “la decisión se adopta con la votación favorable de los 2/3 del número de miembros del Congreso, sin participación de la Comisión Permanente”.
Es decir, son 130 congresistas hábiles, pero al restar a los 33 miembros de la Permanente, nos quedan 97 legisladores. Los dos tercios son un total de 65 votos.