Pedro Albornoz insiste en ser nombrado como procurador regional

El exprocurador del Gobierno Regional, Pedro Iban Albornoz Ortega, reitera su pretensión de considerarse nombrado y así ejercer el cargo de procurador público regional sin plazo de término de su función. Albornoz Ortega mantiene una controversia judicial con el Gobierno Regional Huánuco en la Corte Superior de Justicia con el expediente 1162-2013-0-1201-JM-CA-02. Así lo informó la vicegobernadora regional, Rosalía Storck Salazar. Expresó que la naturaleza del cargo es de confianza y en los documentos de gestión (MOF-ROF-CAP) se considera el cargo de procurador regional como de confianza.
La vicegobernadora sostuvo que a pesar de los antecedentes legales y jurisprudenciales (caso Linares Bellido, del mismo Gobierno Regional), en primera instancia, la jueza Juana Cercedo Falcón expidió una sentencia por demás polémica al considerar al exprocurador como nombrado, basado en un informe específico del Servir (cuyo cumplimiento no es obligatorio). Pero sin tomar en cuenta los otros informes de Servir como la Ley del Presupuesto de la República que en el 2011 prohibió todo tipo de nombramientos, por lo que no se nombró a Albornoz Ortega como procurador ese año. Esto quiere decir que la jueza no cumplió con el estricto control de legalidad de las actuaciones de la administración pública, pues no es correcto que se analice la normativa y el material probatorio parcialmente y con omisiones evidentes.
Nueva normatividad para Procuradurías
Indicó que el Decreto Legislativo 1326 emitido el 6 de enero de 2017, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, cuyo Consejo Directivo convocará a un proceso de selección para ocupar las plazas de procuradores, que serán designados mediante resolución por el procurador general. Con medida el Estado busca fortalecer la lucha anticorrupción, dotando de autonomía a órganos como la Procuraduría General; sería inaudito que el Poder Judicial perennice en el cargo a funcionarios que por la naturaleza de su función están sujetos a temporalidad.
Rosalía Storck señaló se podría decir comparativamente que no se puede obligar a una persona a tener un solo abogado toda su vida, sin escoger a otro de mejor desempeño y teniendo que los procuradores no son más que abogados del Estado que como Persona Jurídica no puede ser forzado a tener un único defensor todo tiempo por afectarse el derecho fundamental a una defensa idónea y técnica.
Hoy vista de la causa en Sala Civil
El caso se encuentra en la Sala Civil de la Corte Superior de Huánuco, que ha programado para hoy la vista de la causa del que se espera un prolijo y exhaustivo análisis y fundamentalmente se realice un control de la legalidad correcto y justo.