Luis Picón tenía sentencia Once meses por no realizar transferencia de gestión regional. No declaró en hoja de vida

El candidato Luis Picón Quedo fue sentenciado tras haberse acogido a la conclusión anticipada en un proceso judicial por incumplir con la transferencia formal de la gestión 2011-2014 a la gestión entrante 2015-2018 y por no rendir cuentas de su gestión. La Sentencia Judicial n.° 36-2017 de fecha 29 de mayo de 2017 fue emitida por la jueza Carolina Fabiola Mejía Torres, titular del 4.° Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Huánuco.
En esta resolución se aprueba el acuerdo al que arribaron el representante del Ministerio Público y los acusados: Luis Picón Quedo, Lizardo Lazo Pacheco, Abel Terry Egúsquiza, Jhony Miraval Venturo y sus respectivos abogados sobre la calificación del hecho punible, la pena y la reparación civil, en la sesión de conclusión anticipada.
Como consecuencia, se dispone la reserva del fallo condenatorio a favor de los acusados, como coautores de la comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de omisión de actos funcionales en agravio del Gobierno Regional de Huánuco.
Además, aprueba y ordena el pago de S/2000 por concepto de reparación civil y se les impone el periodo de prueba de 11 meses bajo la imposición de reglas de conducta. Asimismo, se reserva la pena de inhabilitación consistente en la privación del cargo o comisión que ejercían.

No declaró en hoja de vida
Picón omitió declarar esta sentencia en su hoja de vida como candidato a gobernador regional a pesar que el capítulo VI señala que se debe declarar las sentencias con reserva del fallo condenatorio.