La promesa de no interferir que hoy le cuesta seis meses de suspensión a Patricia Benavides

Una declaración formulada en 2022 ante la entonces Junta Nacional de Justicia (JNJ) fue determinante para que el Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima (CAL) dispusiera la suspensión por seis meses de Patricia Benavides en el ejercicio de la abogacía. La decisión se sustenta en que, a criterio del órgano disciplinario, la exfiscal de la Nación faltó a la verdad al asegurar que no tendría injerencia alguna en una investigación que involucraba a su hermana, la jueza superior Enma Benavides.

Cuando Patricia Benavides postulaba al cargo de fiscal suprema, ya era de conocimiento público que Enma Benavides era investigada junto a otros magistrados del Colegiado E de la ex Sala Penal Nacional por presuntos delitos de cohecho y asociación ilícita para delinquir, vinculados —según la acusación— a supuestos sobornos de procesados por narcotráfico a cambio de resoluciones favorables.

Durante la entrevista de evaluación, el entonces miembro de la JNJ, Aldo Vásquez, le preguntó qué garantías podía ofrecer de mantener distancia frente a la situación judicial de un familiar cercano. Benavides respondió que no tenía ni tendría injerencia alguna y que, ética y legalmente, se excusaría de cualquier caso que involucrara a un familiar. “Jamás interferiría o tendría injerencia en una investigación donde un familiar esté investigado”, afirmó entonces.

El cese de la fiscal del caso y la decisión ética

Tres años y medio después, el Consejo de Ética del CAL concluyó que esa declaración no se ajustó a la verdad. El órgano disciplinario recordó que, ya como fiscal de la Nación, Patricia Benavides emitió la Resolución 1553-2022-MP-FP, mediante la cual dio por concluida la designación de Bersabeth Revilla, fiscal suprema provisional que tenía a su cargo la investigación contra Enma Benavides.

La medida fue justificada, según se indicó en su momento, por una supuesta baja productividad. No obstante, posteriormente se determinó que el informe que sustentaba ese argumento contenía información falsa, lo que para el Consejo de Ética evidenciaría una intervención directa en un caso del que había prometido mantenerse al margen.

Falta ética y afectación institucional

En su resolución, el CAL señala que las acciones atribuidas a Benavides no solo afectan la estabilidad funcional del Ministerio Público, sino que comprometen la función persecutoria del Estado y la confianza de la comunidad jurídica. El fallo sostiene que se vulneraron principios esenciales del Código de Ética, como la lealtad, la probidad, la veracidad y la buena fe.

La decisión fue suscrita por los integrantes del Consejo de Ética del CAL: Carlos Ampuero Montes, Félix Vasi Zevallos y María Vera Tudela Peña.