La justicia española determinó ayer la extradición para el exjuez supremo César Hinostroza, acusado de tráfico de influencias, negociación incompatible y patrocinio ilegal. Sin embargo,el delito más grave que se le imputaba, por organización criminal no fue considerado como motivo en España.
La decisión de pleno del Congreso de no acusar a los exmiembros del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) por el delito de organización criminal influyó en la decisión de la Audiencia Nacional de España de no conceder la extradición del exjuez César Hinostroza por esa infracción.
Así se desprende de la comunicación emitida ayer por el Poder Judicial de España.
Se difundió la resolución de la justicia española que aceptó extraditar al Perú al exjuez supremo por los delitos de patrocinio ilegal, tráfico de influencias y negociación incompatible, pero no por el de organización criminal.
El mencionado documento refiere que en el reclamo peruano a Hinostroza se le imputa ser el líder de una organización criminal y a los exconsejeros como los que cumplían la función de nombrar y ratificar magistrados, pero que el Pleno del Congreso peruano sólo aprobó la imputación por el delito de organización criminal al exjuez, archivándose para el resto de investigados.
Por ello, la Audiencia Nacional de España concluye: “parece que el reclamado sería el jefe de una organización sin miembros”.




